El Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor permite al IMPI proteger más las marcas y patentes mexicanas, pero aún tienen diversos huecos normativos, según experto.
Manuel Morante, Asociado de Arochi & Lindner, explicó que los huecos están relacionados con derechos de autor e inteligencia artificial (IA).
Para el especialista es necesario reforzar el tema de daños y perjuicios, ya que se mantuvo el apartado de violaciones a derechos de propiedad industrial igual que la ley de 2020.
En la legislación de aquel año sostiene que la reclamación por violaciones por daños a la propiedad industrial se podía realizar ante un juez especializado en la materia, o en su caso, directamente con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) por vía incidental, es decir, un pequeño juicio ante el organismo.
“No se detalla (en el reglamento) nada respecto a esto. Creo que es un elemento complicado determinar quién realmente debe recibir o pagar por este tema”, puntualizó.
Otro elemento ausente, dijo, tiene que ver con el cuidado del patrimonio de los pueblos indígenas y afromexicanos.
Consideró que hace falta reforzar el reglamento con la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, así como un mayor vínculo de trabajo entre el IMPI con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).
Recordó que desde las reformas a la ley en 2020, y posteriormente en 2026, hoy tener un reglamento es una buena señal para la industria de innovadores y desarrolladores en México, y a la par con los socios comerciales de México como Estados Unidos.
Morante insistió en calificar como positivo el reglamento sobre Propiedad Industrial, pero dijo que hace falta un reglamento a la Ley Federal de Protección de Derechos de Autor, pues es vital para combatir la piratería en entornos digitales.
Además, dijo, se fortalece el ecosistema para la protección de la propiedad industrial en el País.
“Hay huecos normativos los acabaremos de dimensionar cuando entre en vigor la ley (julio de este año)”, dijo.
Una vez que opere el reglamento, añadió, se podrá ver lo que está funcionando, lo que puede mejorarse y lo que hace falta.
La firma de abogados Von Wobeser recordó que el Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor contempla un periodo de vacatio legis de 60 días hábiles, es decir, existe pero aún no es obligatoria, lo que permite la adaptación operativa de usuarios y autoridades.





