El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la obligación de los partidos políticos de postular mujeres para encabezar planillas de ayuntamientos en, al menos, dos municipios donde históricamente ninguna mujer haya sido electa por voto popular como presidenta municipal.
De acuerdo con lo votado en el Pleno, la paridad no se limita a un registro equilibrado de las candidaturas en términos de género, sino que mandata a los partidos a postular a mujeres en aquellos municipios que tengan posibilidades reales de triunfo. Así, se evita que se asignen las candidaturas en aquellos municipios con menores probabilidades de acceder a los cargos.
La medida determina que los partidos conservan la libertad de definir en qué municipios postularán a las dos candidatas.





