La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la declaratoria general de inconstitucional de la negativa del IMSS de entregar anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos o implantes, pero sólo para beneficiar a niños, niñas y adolescentes y no a personas mayores.
La Ministra Lenia Batres rechazó que una declaratoria general de inconstitucionalidad se pueda limitar a un sector de la población, pero reconoció que invalidarla en general afectaría las finanzas.
“No podríamos presumir que el IMSS tenga capacidad material y financiera para proporcionar estos insumos de forma generalizada“, dijo la Ministra que, con ese análisis, votó en contra del proyecto de la Ministra Estela Ríos.
El Ministro Arístides Guerrero aseguró que en México hay alrededor de 2.3 tres millones de personas con discapacidad auditiva, de las cuales el 50 por ciento son mayores de 60 años; el 34 por ciento, tiene entre 30 y 59 años, y únicamente el 2 por ciento son menores de edad, pero aún así votó a favor de la limitación a un sector.
“Lo deseable sería que para todo el universo de derechohabientes se pudiera proporcionar este tipo de mecanismos, como lo son implantes cocleares. Pero el desarrollo de este caso en concreto fue dirigido específicamente a lo que se refiere a los derechos de las infancias”, sostuvo.
El caso proviene desde 2020, cuando el IMSS se negó a colocarle el implante coclear a un menor alegando el artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas que excluye la dotación gratuita de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos e implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.
Tras un amparo que ordenó al IMSS a otorgarlo y recursos de revisión de ambas partes, en 2023 la Segunda Sala de la anterior Corte declaró inconstitucional la fracción citada.
En julio pasado, la SCJN le dio al Poder Ejecutivo 90 días para modificar el Reglamento, plazo que venció el 16 de noviembre.
Hoy en la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025, la Ministra Estela Ríos propuso que sólo fuera para erradicarla para los de edad, lo que fue rechazado por el Ministro Irving Espinosa Betanzo pues dijo que la finalidad de una declaratoria general de inconstitucionalidad es expulsar del sistema jurídico normas contrarias a derechos humanos y que hacerlo sólo para un sector sería legislar y agregar confusión a las normas.
“La disposición que estamos analizando descarta de manera arbitraria la dotación de aparatos auditivos e implantes cocleares de los servicios médicos institucionales, lo cual constituye una limitación desproporcionada que impide a las personas con discapacidad sensorial auditiva poder tener un nivel de vida adecuado”, agregó el Ministro Giovanni Figueroa, aunque, finalmente, votó a favor del proyecto.
Seis de los ocho Ministros, a excepción de Espinosa Betanzo y Batres, quien dijo que era imposible votar un proyecto en esencia contradictorio, avalaron la propuesta de Ríos pues dijeron que la determinación de la extinta Segunda Sala se basó en el principio de interés superior de la niñez y que el marco jurídico actual sobre el amparo impide extender efectos generales a otros sectores de la población.
Los seis votos a favor fueron de Sara Irene Herrerías, Yasmín Esquivel y Hugo Aguilar, además de Guerrero, Figueroa y Ríos.






