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PATRICIA GONZÁLEZ MIRANDA / “LA REALIDAD DE LA LEY DE AMNISTÍA EN MÉXICO”

por Redacción
5 mayo, 2020
en Editoriales


VISIÓN POLÍTICA

Recordemos que hace unos años, una persona fue detenida por sembrar amapola en Chilpancingo, Guerrero, siendo menor a 200m2 lo que comprendía su parcela, e injustamente procesado enviado a prisión. En su declaratoria, esta persona llamada Pablo comentó: “no es lo mismo sembrar amapola que ser narcotraficante”, “yo no soy delincuente, soy un simple campesino”.

Hace un tiempo, detuvieron a una chica (omitiré su nombre por respeto), quien abortó de manera involuntaria a su hija en una Tienda Departamental muy conocida. Esta mujer fue procesada al Centro de Readaptación Social de San Juan del Río, dictando el Juez 16 años de prisión por homicidio calificado, una total falacia, pues ella afirmaba su desconocimiento del embarazo ya que se le había diagnosticado hipotiroidismo meses antes. Afortunadamente fue liberada después del martirio que vivió tras las rejas. Y podría enunciar cientos de casos más…

Estas circunstancias atenuantes instan con ahínco al Gobierno actual para poner punto final a todas aquellas acciones no graves que vulneran a las personas.

A un par de días de que la Ley de Amnistía fuera aprobada por la Cámara de Diputados y por la de Senadores, comenzaron a salir cientos de Fake News argumentando una serie de mentiras y farsas, pero la realidad es absolutamente distinta y aquí les explico…

López Obrador expuso que esta Ley es solamente para personas que hayan cometido “delitos” no graves o menores, como aquella señora que se robó un paquete de tortillas porque no tenía nada de comer, o para aquel indígena a quienes no les garantizaron el debido proceso, para aquellas personas que cometieron agravios de manera involuntaria, tal como lo fue la persona que solo sembró amapola y la metieron a prisión. Esta Ley NO aprueba la libertad de delitos graves como asesinatos, secuestros, violaciones, terrorismo, entre otros, ¡es importante que quede claro!

Posteriormente, se integrará una comisión coordinada por la Cámara de Diputados para la vigilancia y cumplimiento de la Ley. La persona interesada en que a su familiar se le otorgue Amnistía se someterá a la calificación de un Juez Federal para sentencia. Si es a su favor, estos individuos no podrán ser detenidas en un futuro por los mismos daños ocasionados.

Con ayuda de la SEGOB, se regularizarán acciones de reinserción social para las personas que hayan sido beneficiadas por esta Ley. De igual manera, la Judicatura Federal determinará y elegirá a los Jueces quienes sean expertos en la materia de amnistía para dichos procesos. Esto aplicará 4 meses contando a partir de la aplicación de solicitud del familiar.

Este tipo de movimientos busca la descongestión de los centros penitenciarios para evitar contagios de manera masiva del COVID-19, aunque ya era un trabajo que se estaba realizando con anterioridad como una promesa de Campaña del Presidente.

Estoy segura de que mucha gente que fue arrestada y que era inocente, con esta Ley, podrá gozar de su libertad y obtener un aprendizaje de su experiencia.

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Etiquetas: Plaza de Armas El Periódico de QuerétaroVISIÓN POLÍTICA POR PATRICIA GONZÁLEZ MIRANDA / “LA REALIDAD DE LA LEY DE AMNISTÍA EN MÉXICO”
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