En rueda de prensa, el Presidente del Comité Municipal de Querétaro, Francisco Pérez Rojas, y la Diputada local, Leticia Mercado Herrera, presentaron la Iniciativa del Ley que reforma los artículos 1503 y 1505 del Código Civil del Estado de Querétaro, misma que fue sometida a la consideración del Pleno de la LVIII Legislatura.
El objetivo de esta iniciativa es salvaguardar el derecho elemental y fundamental del cónyuge sobreviviente a vivienda digna fruto del esfuerzo conyugal y familiar y estar sujeto a la posibilidad de ser desplazado del inmueble que constituía la sede del hogar matrimonial. Actualmente, la ley prevé que al viudo o viuda le toca la parte proporcional de un hijo, dejando en total desigualdad al padre o la madre, ya que entre más hijos se aminorará proporcionalmente su parte, cuando dentro del matrimonio aportó trabajo, esfuerzo y cuidado de los hijos.
“Para ejemplificar, en un matrimonio con cuatro hijos muere el padre; la madre queda viuda. A ella le tocarían suponiendo el valor del inmueble es de un millón de pesos. Le tocarían doscientos mil pesos. Esto abre la posibilidad de que le paguen en el mejor de los casos su parte y la saquen de su casa. Y esto ha pasado En muchas colonias, porque nos lo han hecho saber gracias a los recorridos que hemos realizado, los hijos sacan al padre o a la madre del inmueble”, explicó Pérez Rojas.
“La reforma adicionaría una parte muy importante: el viudo o viuda heredarán el usufructo vitalicio, que es intransferible, de ese bien inmueble, es decir, si esta ley entra en vigor, ningún viudo o viuda, casado bajo el régimen de separación de bienes, podrá ser sacado de su domicilio hasta que muera; se garantizaría un techo, ese patrimonio que construyó junto con su pareja y su familia. No puede ser que a un cónyuge le toque la misma parte proporcional que la de un hijo”, añadió el Presidente del Comité Municipal de Querétaro.
En cuanto a la herencia entre cónyuges, hay dos maneras de estar casados: sociedad conyugal y separación de bienes, “entonces hablamos de las personas que no tienen testamento. En sociedad conyugal, cuando alguno de los dos fallece, cuando se abre la sucesión testamentaria, aquel que sobrevive es propietario del inmueble en 50 por ciento, más la parte proporcional de un hijo de la parte intestada”, agregó.
Por su parte, la Legisladora local Mercado Herrera dijo que es fundamental que desde el Poder Legislativo se construyan las normas necesarias que garanticen los Derechos Humanos, con fundamento en nuestra Carta Magna y en los respectivos instrumentos internacionales. “En materia de sucesión testamentaria legítima, el cónyuge sobreviviente queda en estado de desigualdad al momento de la partición de la herencia frente a otros herederos con derechos sobre el bien que fuera sede del hogar conyugal, por ende, se vulnera el derecho elemental a la vivienda”, indicó.
La base legal de esta iniciativa se sustenta en los artículos 18, fracción I de la Constitución Política del Estado de Querétaro, y 42 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro.
En la rueda de prensa también estuvieron presentes la Secretaria General del Comité Municipal capitalino, Gabriela Monjaraz Moguel, así como el Secretario de Organización de dicho organismo, Sergio Bailleres Ocampo.
POR: REDACCIÓN