REDACCIÓN
Al reconocer las disputas legales con una empresa de mantenimiento, la Aerolínea TAR (Transportes Aéreos Regionales) negó que la calidad del servicio que viene prestando se encuentre en riesgo y aseguró realizar sus operaciones de manera regular, conforme a la normatividad y la vigilancia de la Dirección General de Aeronáutica Civil, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Lo anterior en respuesta a la nota publicada este lunes en PLAZA DE ARMAS, El Periódico de Querétaro, sobre los juicios que mantiene esa compañía aérea con QET TECH AEROSPACE, S.A. DE C.V.
A continuación el texto enviado por TAR.
COMUNICADO
Con fundamento en el artículo 3° de la Ley Reglamentaria del artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por México el 24 de marzo de 1981, por este medio la aerolínea TAR (Transporte Aéreos Regionales) responde y rectifica la nota periodística publicada en la primera plana del periódico “Plaza de Armas” del lunes 25 de noviembre de 2019, bajo el encabezado “EMBARGAN A LÍNEA TAR”, en los siguientes términos:
I. La calidad del servicio que viene prestando TAR, de ninguna manera se encuentra en riesgo; la empresa, viene realizando sus operaciones de manera regular, conforme a la normatividad y la vigilancia de la Dirección General de Aeronáutica Civil, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
II. En el contexto de las relaciones comerciales, es usual que lleguen a surgir conflictos de intereses, que pudieran reclamar la intervención de los tribunales competentes.
III. En efecto, TAR mantiene dos disputas legales con la empresa QET TECH AEROSPACE, S.A. DE C.V., en las que ambas empresas, plantean el cumplimiento de los compromisos contractuales y económicos. En ambos juicios, no se ha ejecutado la retención de bienes de la compañía TAR.
Bajo ese contexto, TAR refrenda su compromiso de ser una empresa socialmente responsable, atendiendo los más altos estándares de atención a sus usuarios y, conforme al marco normativo que nos rige, resolver toda controversia, en los términos que dispone el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos