VOCES DE MUJERES
El 5 de Agosto de 2019 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó dos proyectos que proponían invalidar las modificaciones a los Criterios de Prevención y Atención a casos de Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres mejor conocida como la NOM-046 y que se realizaron para ajustarla a lo dispuesto en la Ley General de Víctimas, facilitando el acceso de mujeres y niñas a la interrupción voluntaria del embarazo cuando hayan sido víctimas de violación. La Corte avaló que para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, sólo será necesaria la solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la mujer afectada cuando dicho embarazo es producto de una violación y que en el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud, se realizará por conducto de su padre, madre o tutor.
Al ser cuestionado sobre esta decisión el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldivar expresó que los grupos conservadores siempre han tenido una contraofensiva en este tema por sus creencias religiosas, lo cual confirmó de inmediato la iglesia católica en su comunicado dominical donde los clérigos expresaron que esta decisión abre la puerta para que el aborto se practique de forma indiscriminada y solo se castiga “al concebido que no tiene ninguna culpa de existir” en nombre de los derechos de las mujeres y niñas víctimas de violación.
En Querétaro hubo dos pronunciamientos que me parecieron importantes. El primero del Secretario de Salud, Julio César Ramírez Arguello, quien afirmó que en el Estado los hospitales públicos cumplirán con lo señalado por la corte. El segundo mensaje es más preocupante y lo emitió el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, José Antonio Ortega Cerbón quien en un acto que pareciera de apoyo a la Arquidiócesis Mexicana soltó una amenaza velada a las mujeres queretanas que soliciten terminar un embarazo de acuerdo a la NOM-046 y que no puedan demostrar que fueron víctimas de violación. Si él no les cree irán a dar a la cárcel.
Estas expresiones del responsable de la justicia en Querétaro son una nueva manera de revictimizar a mujeres y niñas que han sufrido el agravio más terrible que puede enfrentar una persona, la agresión sexual. Con sus palabras Ortega Cerbón busca obligar a las mujeres que decidieron no denunciar la agresión sexual para evitar la revictimización institucional a conservar sus embarazos, a tener que trasladarse a estados de la República donde no serán víctimas de la autoridad o a recurrir a abortos clandestinos que ponen en riesgo sus vidas con tal de negarles un derecho que no va de acuerdo con su creencias personales.
Cabe recordarle al Magistrado Ortega Cerbón que de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la “Convención de Belem do Pará”, es obligación del Estado establecer procedimientos legales, justos y eficaces para que las mujeres puedan acceder efectivamente a la justicia, en especial para las víctimas de violencia sexual. Por lo tanto, los testimonios de las mujeres y niñas víctimas de cualquier delito que involucren actos de violencia sexual deben ser valorados con perspectiva de género a fin de evitar afirmaciones, insinuaciones y alusiones estereotipadas que resten credibilidad a la versión de las víctimas frente al juzgador. Como él debería conocer en su calidad de juzgador, esas reglas de valoración fueron sostenidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al resolver los casos Fernández Ortega y Rosendo Cantú y por el Pleno de la SCJN lo cual las hace de observancia obligatoria para los impartidores de justicia.
Le recuerdo al Magistrado Ortega Cerbón que es su obligación asegurarse de que todos los jueces penales que integran el Poder Judicial del Estado comprendan que los delitos sexuales son un tipo de agresión íntima en la que por lo general solamente están presentes la víctima y la persona o personas agresoras por lo que la declaración de la víctima constituye la prueba fundamental sobre el hecho. El Magistrado Ortega Cerbón, en su calidad de Presidente del Tribunal debería tener siempre presente que las agresiones sexuales corresponden a un tipo de delito que la víctima no suele denunciar por el estigma que dicha denuncia conlleva. La misma SCJN señala que por ello es usual que el recuento de los hechos por parte de las víctimas presente inconsistencias o variaciones debido a la naturaleza especialmente traumática de los actos de violencia sexual. El Magistrado Cerbón debería saber además que es su obligación tomar la edad, situación social y todas las condiciones de vulnerabilidad de la víctima, pero sobre todo debe recordar que la declaración de la víctima es la prueba fundamental del hecho de violencia sexual.
Las mujeres queretanas jamás podrán esperar justicia en un entorno donde son amenazadas por el responsable de impartirla. El Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado demuestra de manera más que evidente que aun no comprende que la justicia debe aplicarse con perspectiva de género y de acuerdo a los señalamientos de que mandata la SCJN, las leyes y normas generales y los tratados y jurisprudencias internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte.
Nuevamente, como ocurrió en el caso de Dafne McPherson, el magistrado Ortega Cerbón demuestra que la institución a su cargo juzgará de acuerdo a prejuicios, dogmas religiosos y estereotipo de género y que las mujeres queretanas podemos esperar todo de él menos justicia.