La Reforma laboral aprobada hace un par de días fue resultado del compromiso que se hizo con el gobierno de Estados Unidos para firmar y ratificar el Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), por ello la premura. En ella destacan la promoción de la democracia sindical y la creación de los juzgados laborales. De acuerdo con la normatividad aprobada, los tribunales laborales dependerán del Poder Judicial, por lo que desaparecen las juntas federales y locales de Conciliación y Arbitraje y se crean los tribunales laborales; se elimina para las empresas la práctica del outsourcing o subcontratación para terceras empresas. Asimismo, la Ley Federal del Trabajo se armoniza con el Capítulo Laboral del T-MEC, y se ratifica el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece libertad de asociación sindical y los contratos colectivos. Todo ello borra el reformón laboral de 2012, cuando el entonces presidente Felipe Calderón, presentó a la cámara de diputados su iniciativa de reforma la Ley Federal del Trabajo. Cabe señalar que las dos administraciones panistas habían criticado constantemente la falta de crecimiento y desarrollo económico en el país, a pesar de cumplir con las exigencias en materia de política económica dictadas por organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. Ambas administraciones repitieron constantemente el argumento de que no era suficiente tener indicadores macroeconómicos estables, y que era además necesaria la realización de un número de reformas en varios ámbitos para poder dinamizar la economía, flexibilizando el mercado de trabajo, abriendo una mayor participación del capital privado en el sector energético, reformar la fiscalización y recaudación del Estado, entre otros. El 29 de noviembre del 2012 se promulgó la reforma laboral y se aseguraba que ésta beneficiará a trabajadores, patrones y a quienes no tenían empleo. Pero su verdadero carácter apareció pronto, ya que se enfocó a la flexibilización de la fuerza de trabajo y la pérdida de derechos laborales, ya que sólo vino a legitimar formas de precariedad en el empleo. Esta reforma laboral constituía el logro de una antigua demanda de la clase patronal mexicana. Para este segmento del gran capital el anterior marco jurídico de carácter tutelar, constituía el principal obstáculo para transparentar los mecanismo de contratación y despido de la mano de obra y asegurar la libre movilidad de los factores productivos. Su resultado es ahora un panorama de degradación de las condiciones de trabajo en el país, ya que profundizaron el desmantelamiento de los derechos laborales, imperando el outsourcing y apostando al sacrificio de los trabajadores. Además de mantener la política de bajos salarios, continuando el alto nivel de desempleo y la contratación en la informalidad, por lo cual hay una elevada pobreza. En México, hay cerca de 4.5 millones trabajadores sindicalizados y 3,262 organizaciones sindicales registradas, es decir sólo el 9% de la población ocupada está afiliada a algún sindicado y 13% de los trabajadores asalariados están sindicalizados. La pertenencia a sindicatos va de 50% en el caso de los trabajadores en el sector público, hasta 0.2% para los trabajadores agropecuarios. En cuando a la subcontratación u outsourcing 16 de los 20 millones de trabajadores con empleo formal inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), representan el 80%. Y a marzo de 2019 la Tasa de Informalidad Laboral es del 58%. Por ello en el Informe Global de Competitividad del Foro Económico Mundial (2018), México se posicionó en el lugar 100 de 140 en el mercado laboral. En este pilar se evalúan temas vinculados al esquema de despidos laborales, cooperación entre trabajador y patrón, derechos de los trabajadores, facilidad para contratar extranjeros, movilidad laboral, participación femenina, entre otros. En 2018 el Inegi publicó que en 2017 se registraron poco más de 228 mil conflictos laborales, de los cuales un 93% fue por despido injustificado. Por otra parte, se registraron 636 conflictos colectivos, en los que en el 85% se reclamó la titularidad del contrato. Como complemento a la estadística que proporciona el Inegi, el IMCO realizó un ejercicio para evaluar el desempeño de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje (JLCA), resultando que la justicia laboral se utiliza como un mecanismo formal de negociación o como herramienta de extorsión que se manifiesta en abogados, sindicatos, patrones y servidores públicos. Este es el panorama en el que no hay todavía nada que festejar y sí mucho que demandar hoy 1° de mayo, día del trabajo.
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