MITOS Y MENTADAS
“Facilitating Payments”
No, esta no es una noticia publicada por el New York Times sobre la corrupción en México. Tampoco es del Washington Post o del Wall Street Journal. De hecho, sobre este tema nadie quiere hablar en los Estados Unidos. Cuando le pedí a una amiga que me investigara el tema con sus contactos, lo primero que le preguntaron fue: ¿Cómo te enteraste de esto? ¿Quién te dijo que esto existía?
Convenientemente enterrada, sin mencionarla explícitamente en la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero, queda establecida la posibilidad para que las empresas norteamericanas puedan realizar pagos a servidores públicos en el extranjero para “facilitar” transacciones. Los llaman “facilitating payments”. Se les conoce también como pagos para engrasar (grease payments), pagos para agilizar (speed money), dinero para el té o “corrupción democrática”. Formalmente está establecido en la ley que pueden destinarse para realizar “pagos para una acción gubernamental rutinaria” que se entiende, según la misma norma, como “una acción que normal y comúnmente lleva a cabo un funcionario extranjero donde encontramos entre otros (I) la obtención de permisos, licencias u otros documentos oficiales para calificar a una persona para hacer negocios en un país extranjero; (II) procesar documentos gubernamentales, como visas y órdenes de trabajo; (III) proporcionar protección policial, recogida y entrega de correo, o programar inspecciones asociadas con el cumplimiento del contrato o inspecciones relacionadas con el tránsito de mercancías a través del país o acciones de naturaleza similar”.
Uno de los casos más polémicos que fue descubierto gracias a un “whistleblower” (denunciante interno) ha sido el de Wal-Mart al que se le acusó en el año 2006 de hacer pagos “para facilitar trámites por todo México”. Muchos de estos pagos pudieron escudarse bajo este término escurridizo y legal de “pagos para facilitar”. A lo que yo me pregunto ¿podría México hacer lo mismo en Estados Unidos legalmente?
La corrupción es tema de todos los días y esta pequeña rendija legal no escapó a la atención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que en sus recomendaciones (2009) para combatir los sobornos en el extranjero, recomendó a sus países miembros explícitamente tomar medidas para desalentar a las empresas de realizar pagos de facilitación y revisar periódicamente sus políticas y enfoques para combatir estos pagos. ¿Le hicieron caso los legisladores norteamericanos? ¿Y la prensa norteamericana, tan preocupada por la corrupción en México, ha hablado de este tema? Ahí se los dejo a su imaginación.
¿Qué implicaciones tiene esto para México? Resulta que los norteamericanos no pueden recibir este tipo de pagos, pero sí pueden darlos a otros funcionarios públicos de otros países, inclusive en aquellos en donde ese tipo de pagos son ilegales: en México según la nueva Ley Anticorrupción, finalmente habrá sanción para ambas partes en una transacción corrupta, tanto para el funcionario como para el empresario. Pero con esta excepción en la norma norteamericana, México siempre estará en desventaja. Cuando México quiera aplicar la ley e interpele a la empresa norteamericana por haber realizado este tipo de pagos, no podrá hacerlo pues en Estados Unidos, en donde está constituida, es legal hacer pagos para “aceitar el engranaje” y por lo tanto habrá presión para que México no sancione. Por supuesto, no habrá posibilidad de pedir la extradición del imputado. ¿resolverá esto el TLCAN?