Por mayoría de seis votos frente a dos y la excusa de una Ministra, la Suprema Corte de Justicia avaló atraer la revisión final de la condena de 45 años de cárcel contra Mario Aburto, por el homicidio del candidato presidencial priista Luis Donaldo Colosio, en 1994.
Sin discusión ni proyecto, los ministros que votaron a favor fueron Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Corte, Irving Espinosa Betanzo, Lenia Batres, Loretta Ortiz, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero; en contra, Yasmín Esquivel y Estela Ríos, mientras que Sara Irene Herrerías planteó un impedimento para votar al estar relacionada con la investigación.
La Corte deberá resolver en definitiva si la condena de 45 años a Aburto Martínez, quien el 23 de marzo de 1994 asesinó a Colosio, fue impuesta erróneamente, ya que fue dictada conforme al Código Penal Federal, cuando debía ser bajo el Código Penal de Baja California que preveía un máximo de 30 años que ya se cumplieron.
En votación económica, el Pleno de la Corte aprobó dos solicitudes del ejercicio de facultad de atracción, formuladas por la Fiscalía General de la República (FGR) sobre el amparo directo 104/2021 del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito y de los magistrados de ese mismo Tribunal Colegiado.
En octubre de 2023, ese Tribunal Colegiado amparó a Aburto por considerar que su proceso se debió llevar bajo reglas del Código Penal local vigente en 1994 y no en el Federal, por lo que dejó sin efecto la sentencia de 1994 que lo condenó a 45 años de prisión.
La FGR llevó el caso a la Corte con un recurso de revisión, y en octubre de 2024, por tres votos contra dos, la Primera Sala ordenó reponer el procedimiento en el Tribunal Colegiado, sólo para el efecto de permitir la intervención de los familiares de Colosio.
Aburto, de 55 años, está preso en el Centro Federal de Readaptación Social de Ocampo, Guanajuato.
Este miércoles, la Corte votó tanto la solicitud de facultad de atracción 929/2025 interpuesto por la FGR como la número 947/2025 que fue planteada por integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito.
El secretario de acuerdos de la SCJN planteó que el tema de la revisión es: “¿Cuál es el parámetro para analizar un procedimiento penal sobre magnicidio bajo el sistema penal tradicional a efecto de garantizar los derechos del quejoso y de la víctima, conforme a lo establecido en una ejecutoria previa de la entonces primera sala de este tribunal?”.






