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TIRA CORTE LEY DE PANCHO

por Redacción
11 marzo, 2020
en Local, Principales
TIRA CORTE LEY DE PANCHO

Cancelada: Conforme a su jurisprudencia la Suprema Corte anuló a partir de este martes 10 la reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro FOTO: SUPREMA CORTE

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FERNANDO VENEGAS RAMÍREZ

Echó abajo la Suprema Corte de Justicia de la Nación la reforma de Francisco Domínguez Servién a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado que aumentaba de 28 a 30 los años de labor y establecía -por primera vez- la edad de 60, además de topar el monto de la pensión en 40 mil pesos.

En una clara resolución publicada en el Semanario Judicial de la Federación el pasado viernes 6 de marzo -y que entró en vigor este martes 10- el máximo órgano jurisdiccional amplia la jurisprudencia y anula lo aprobado por el Congreso local -con 14 votos a favor y 11 en contra- el 15 de diciembre de 2015 por modificar las conquistas laborales.

El Poder Judicial Federal advierte que respecto de los contratos o convenios laborales debe preferirse su aplicación si en ellos se consideran derechos superiores a los previstos en la Legislación del Estado de Querétaro.

Señala también que el artículo 104 dispone que en los convenios laborales no podrán pactarse condiciones menos favorables para los trabajadores que las contenidas en esa ley, en los convenios suscritos con anterioridad, la costumbre o conquistas logradas por los sindicatos.

Además, se enfatiza, el artículo quinto transitorio de la propia ley determina que los acuerdos, convenios, reglamentos, costumbres, prerrogativas y, en general los derechos establecidos en favor de los trabajadores, superiores a los que la ley concede,  continuarán surtiendo sus efectos en todo aquello que les beneficie.

Por tanto, cuando en los contratos o convenios laborales se contemplen a favor de los trabajadores derechos superiores a los le la ley, como cuando se fijan menos requisitos que los previstos en la legislación, para tener derecho a la jubilación o pensión, deben aplicar aquéllos.

La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación beneficia a todos los trabajadores de los tres poderes del Estado de Querétaro y de los 18 ayuntamientos, a los que este gobierno había elevado de 28 a 30 los años trabajados e imponía la edad de 60, requisito no existente anteriormente. Lo mismo que el monto máximo en las pensiones.

Como se recordará, esta reforma provocó gran molestia entre los burócratas locales y la turbulencia en el desfile del 1 de mayo de 2016, cuando los trabajadores lanzaron cachuchas y camisetas al gobernador y lo hicieron correr, cancelándose a partir de entonces la marcha obrera.

Los escoltas no pudieron frenar la ola de insultos que recibió el gobernador Domínguez en el desfile del 2016 y salió huyendo ante la creciente ira de los trabajadores congregados. FOTO: ARCHIVO

Igualmente generó una apurada jubilación de la mitad de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado para acogerse a la legislación anterior que hoy reivindica la SCJN, además de diversos litigios de ex funcionarios en contra del gobierno actual por considerar afectados sus derechos.

La aberrante decisión provocó numerosos amparos. Uno de los primeros ganados fue el de la magistrada Celia Maya y otro el del juez Juan Jorge Velázquez contra el tope salarial y los años trabajados.

Otras demandas de gran controversia fueron los del ex diputado Marco Antonio León Hernández y el del ex coordinador de la USEBEQ, Jaime Escobedo.

Los escoltas no pudieron frenar la ola de insultos que recibió el gobernador Domínguez en el desfile del 2016 y salió huyendo ante la creciente ira de los trabajadores congregados. FOTO: ARCHIVADO
Etiquetas: Echó abajoFrancisco Domínguez ServiénLey de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del EstadoreformaSuprema Corte de Justicia de la Nación

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