San Juan del Río.- Anuncia el munícipe sanjuanense Roberto Cabrera Valencia la instalación del comité para la elección de autoridades auxiliares en el municipio.
Explicó que será a través de la Comisión Especial Transitoria, que se trabajará para llevar a cabo una jornada electoral limpia y en calma, con la participación y apoyo del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ).
“20 de octubre es una fecha muy importante para la vida democrática de San Juan del Río y la representación de nuestras queridas comunidades. A partir de hoy inicia un proceso para que en el mes de noviembre tengamos nuevos delegados, así como subdelegados. Son 15 delegaciones y 64 subdelegaciones; será muy importante su participación”, enfatizó Cabrera Valencia.
Asimismo, Roberto Cabrera reiteró su voluntad para, una vez concluido el proceso, trabajar de la mano con las autoridades auxiliares que sean elegidas por sus propios vecinos para mejorar la calidad de vida y bienestar de las familias de las comunidades.
Así mismo informó que la Comisión Especial Transitoria, para elección de Delegados y Subdelegados, la integrarán el Regidor José Antonio Pérez Cabrera, como Presidente y como Secretarios los Regidores Vicente Zamora Rivera, Rosa María Ríos García, Fabiola Pérez Valenzuela, Itzel Guerrero Soto, José Luis Cornejo Olivares, Martha Patricia Pérez Luna, Alicia Yáñez Ruiz y Fernando Zamorano Estrella.
“El registro de aspirantes se llevará a cabo ante la Comisión los días 26, 27 y 28 de octubre del 2021, en un horario de 08:30 a 15:30 horas, en la oficina receptora de documentación, ubicada en el salón de cabildo del Centro Cívico Municipal”.
Cabe señalar que para ser electo y/o permanecer en el cargo de autoridad auxiliar, se requiere: No ser integrante del ayuntamiento; tener residencia efectiva de tres años anteriores en la demarcación territorial de que se trate; ser ciudadano mexicano y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos; estar inscrito en el Padrón Electoral; no ser militar en servicio activo o tener un mando en los cuerpos policíacos; no ser titular de ninguno de los organismos a los que la Constitución Local otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado; no ser tampoco titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la Administración Pública en cualquier orden de Gobierno; no desempeñarse como autoridad en materia electoral y no ser ministro de algún culto.