El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) acreditó la existencia de actos constitutivos de violencia política en razón de género, atribuidos a presidente del Consejo Estatal en Querétaro del partido Morena, Ángel Balderas Puga.
La dependencia informó sobre el procedimiento especial sancionador iniciado por una ciudadana en contra de un integrante del Consejo Estatal en Querétaro del partido político Morena y por la exdiputada local de este partido, Martha Fabiola Larrondo Montes.
Dicha sentencia, precisaron los magistrados, se dio en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, donde solo se emitió un pronunciamiento de fondo al ciudadano denunciado, en atención de que la parte denunciante se desistió de la diputada local y obra constancia de su ratificación ante la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del Instituto Electoral local.
Sin embargo, el TEEQ tuvo por acreditada la infracción debido a que consideró que las expresiones denunciadas sí reúnen los elementos necesarios para ser consideradas como violencia simbólica que invisibiliza a la denunciante, ya que reflejaron la supuesta imposibilidad que tiene como mujer para su desarrollo en el ámbito político.
Cabe recordar que Ángel Balderas habría expresado en diversos medios de comunicación las pocas posibilidades que veía en las candidaturas al gobierno de Querétaro y otros cargos, principalmente contra la exdiputada local Larrondo Montes, y la exdiputada federal Beatriz Robles Gutiérrez.
En consecuencia, se ordenó la inscripción del dirigente del Consejo Estatal de Morena en los Registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, así como la imposición de una sanción económica consistente en 100 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 8 mil 962 pesos, además de la aplicación de las medidas de protección y reparación integrales.
Finalmente, entre otros asuntos, el TEEQ declaró inexistentes las conductas denunciadas, relativas al uso indebido de recursos públicos, atribuidas al otrora candidato a la presidencia municipal de Querétaro postulado por el Partido Acción Nacional (PAN), Luis Bernardo Nava, al presidente municipal interino Miguel Parrodi y una regidora del Ayuntamiento de Querétaro.
También, la denuncia por difusión de propaganda calumniosa, atribuida al otrora candidato a la presidencia municipal del Ayuntamiento de Querétaro postulado por el PAN y al presidente interino del municipio de Querétaro, se declaró inexistente la conducta.