DESDE LOS BALCONES
En la mentalidad campesina en general, pervive arraigado un sentimiento de dominio de la tierra, no exento del alquiler, renta y hasta venta de la misma, cuestión que no avizoran las comunidades indígenas que, a lo largo de siglos y milenios resisten el avance del DESARROLLO DE OTRAS FROMAS DE PROPIEDAD sobre la tierra.
Hecho histórico, este último, que tiende a imponerle las modalidades más favorables a la apropiación de la renta, pero ya en las manos de los capitalistas dueños de todas las condiciones de producción y reproducción del valor de los productos del trabajo, cualesquiera que éste sea, llámese trabajo abstracto, indiferente a sus formas particulares concretas, tal y como se observa en el produce plusvalía y nada más que sus derivados: renta, salario, beneficio (interés).
Resulta del todo imposible agotar en unas cuantas líneas el problema de la propiedad de la tierra y la renta de la misma, dos fenómenos históricos ligados en el tiempo y también en el desarrollo, o del subdesarrollo, para decirlo con más propiedad.
5 mil hectáreas ejidales, propiedad común parcelaria de nueve ejidos en Querétaro, fueron dotados en diferentes épocas a raíz de la expedición del artículo 27 de la Constitución de 1917. Esas 5 mil hectáreas representan 50 millones de M2 y, en el mercado de la tierra, tendrían un valor harto diferente si se tasan por hectárea o por M2. Dejemos este aspecto pendiente y pasemos a otro tramo de lo que sería un análisis de la propiedad de la tierra y su régimen legal vigente.
Cualquier reforma constitucional y en específico del artículo 27 constitucional y su ley reglamentaria de la Reforma Agraria, no puede desconocer el carácter social y político que se le diera y que conservan esas titulaciones de las tierras ejidales, las que se conocen como RESOLUCIONES PRESIDENCIALES, QUE PRECEDEN A LAS REFORMAS DE VICENTE FOX, CUYA MENTALIDAD MERCANTIL ESPECULATIVA SI LE “DIO EN LA MADRE” A TODOS LOS EJIDOS, PERO FUE DE FACTO Y NO DERECHO.
Las tierras ejidales siguen siendo no enajenables, inembargables e imprescriptibles, tanto su dominio como posesión. TODO LO CONTRARIO A ESTO SE HA VENIDO PRACTICANDO EN LA ESPECULACIÓN Y EL INTERES DE UNOS CUANTOS, desde luego no campesinos.
Las famosas reformas, a la reforma agraria original, que dio por nombrarlo PROCEDE, resultó ser violatoria de todo lo que dice la estructura constitucional del EJIDO.
Y ALGO MÁS QUE ESO, LES DIO POR DEROGAR RETROACTIVAMENTE LOS DERECHOS EJIDALES INDEROGABLES Y, MENOS RETROACTAMENTE; PROHIBICIÓN CONSTITUCIONAL ESPRESA: “a ni ninguna ley se le dará efectos retroactivos…”
Sólo que para “darle en la madre a los ejidos”, Vicente Fox, Felipe Calderón y todos los panistas no se tentaron el corazón como suelen decir las gentes del campo nuestro.
¿Cuál sería la competencia constitucional para discutir cualquier aplicación de las originales y las posteriores disposiciones sobre la tierras ejidales? Aunque el Ejecutivo Federal, se privó, con estas últimas disposiciones legislativas, de las facultades que los Presidente de la República y los Gobernadores de los Estados en materia agraria ejidal, sin embargo tales antiguas disposiciones agrarias continúan vigentes, pese a la su generalizada y monstruosa aplicación a raja tabla, peor que lo hicieron los conquistadores y los latifundistas liberales y de otra clase.
Volvemos a las dos cuestiones anteriormente mencionadas: ¿qué autoridad es responsable y con facultades para intervenir y regular la propiedad ejidal y bajo qué condiciones puede o no hacerlo?
El rezo constitucional al uso, para atropellar, despojar y atropellar en masas a los ejidatarios del país entero, fue siempre: “…la autoridad pública, tiene en todo momento el derecho y la facultad de imponerle a la propiedad privada, las modalidades que dicte el interés público….” Sólo que también la ley que precedió al famoso “PROCEDE” circunstancial panista, dictaba los derechos preferenciales en favor de las tierras y las aguas para el uso agrícola.
Este artículo es sólo un adelanto de todo un vasto y complejo debate que los campesinos, todavía no son sonsacados por unos cuantos dineros y mantengan y observen con mayor sentimiento e interés la conservación de sus tierras y no se venta al mejor postor o de plano, el despojo de la misma, pretendidamente legal bajo cualquier prurito falsamente altruista y hasta dizque humanitario. ¡PAMPLINAS! Lo que quieren son las tierras y el cambio de valor de la misma en el mercado, ya que con sólo el uso que hoy conserva sirve a la recarga de los mantos acuíferos de todo el semidesierto del altiplano queretano. ¿A Poco no? dirán los suspirantes electorales de cada sexenio en la tierra del cacique “CONI”, EL OTOMÍ QUE SE MUESTRA A TODO FORASTERO QUE VISITA AL PRODIGIOSO ESTADO DE QUERETARO.