La Sala Regional Especializada resolvió este miércoles que David Rogelio Hernández Smeke ejerció violencia política en razón de género en contra de la entonces candidata a diputada federal de Movimiento Ciudadano Carolina Íñiguez.
El TEPJF determinó la violencia política en razón de género contra “una candidata” ejercida por el ciudadano David Rogelio Hernández Smeke.
En sesión de este miércoles 28 de mayo la presidenta de dicho organismo, Mónica Soto, detalló que en el procedimiento especial sancionador 153 y 168 ambos de este año, primero, se acumulan los recursos, segundo se deshecha el recurso precisado en la ejecutoria y tercero se confirma la resolución impugnada en la materia de controles”.
Con esta sentencia el individuo queda inscrito, en el padrón nacional de violentadores.
En tanto, declara válida la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada que determinó la existencia de violencia política en razón de género, por diversas notas difundidas en un portal de internet y redes sociales administradas por David Rogelio Hernández Smeke.
La Sala Regional detalla que en ellas se señalaba a una candidata a diputada federal en el proceso electoral 2024-2025 (Carolina Íñiguez) “como una madre agresora, con la intención de generar un daño a su imagen frente al electorado”.
La Sala propuso y aprobó desechar la demanda presentada por uno de los actores al carecer de firma / autógrafo y por otra confirmar la resolución impugnada porque contrario a lo sostenido por el recurrente, “la responsable dio las razones para determinar su responsabilidad indirecta en la comisión de la infracción pues valorar las constancias del procedimiento especial, concluyendo que el actor, David Smeke omitió su deber de “vigilancia al no verificar las publicaciones denunciadas que se alojaban en el portal de internet y página de Facebook que él administra, donde se encontraban las notas por las cuales se acreditó la violencia política con razón de género”.