POR: VÍCTOR POLENCIANO
A fin de que pueda proceder un divorcio administrativo en la entidad queretana, los diputados panistas Juan Luis Íñiguez Hernández y Eric Salas Gonzáles presentaron una iniciativa de ley para reformar el Código Civil del estado; las personas podrían separarse en 15 días.La propuesta contempla que las parejas que voluntariamente deseen disolver el vínculo matrimonial, puedan realizar el trámite de divorcio ante el Oficial del Registro Civil correspondiente, siempre que los hijos que hayan procreado sean mayores de edad y no dependan económicamente de los padres ni se encuentren bajo su tutela; además, impactaría directamente en el tiempo de resolución y reduciría la carga de trabajo en los Juzgados Familiares.
Es importante mencionar que, de acuerdo al Tribula Superior de Justicia (TSJ) cada año se generan hasta 2 mil 800 expedientes en cada uno de los nueve juzgados competentes, de estos, entre 85 y 90 pro ciento refieren divorcio necesario o solicitud de divorcio voluntario. Por ello, los legisladores advirtieron la cifra como “alarmante”, puesto que ha conllevado un alza importante en el trabajo de los juzgados, “pues son muchos los expedientes generados diariamente en los que como prestación principal se reclama el divorcio entre los consortes”.
Entonces, refirieron, la sobresaturación de trabajo podría disminuirse tan solo con que las parejas que voluntariamente quieran terminar el vínculo puedan hacerlo ante un Oficial de Registro Civil, bajo las restricciones anteriormente mencionadas. Igualmente, con el tiempo de espera para la disolución del matrimonio se espera reducirlo de cinco meses a 15 días hábiles.En el marco de esta entrega, acontecida en la Oficialía de Partes de la Legislatura local, se informó que en los considerandos de la propuesta se advierte como “ocioso generar una carga de trabajo extra a la autoridad jurisdiccional, al obligarla a conocer de un asunto de divorcio en el que no existe la posibilidad de que se atente contra los derechos de menores o incapaces, toda vez que en este supuesto los hijos procreados por ambos ya no dependen de estos, por el contrario se trata de personas independientes y autosuficientes, que no tendría derecho alguno que reclamar o exigir de sus padres”.
De acuerdo a la iniciativa de ley presentada por los legisladores panistas, la reforma al artículo 249 quedaría así: “Cuando ambos consortes convengan en divorciarse y sean mayores de edad, la mujer no esté encinta, no tengan hijos o teniéndolos sean mayores de edad, y estos no requieran alimentos, ni estén sujetos a tutela y de común acuerdo hubieren liquidado la comunidad de bienes, si bajo ese régimen se casaron, se presentarán personalmente ante el oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio; comprobarán con las copias certificadas respectivas que son casados y mayores de edad y manifestarán de una manera determinante y explícita su voluntad de
divorciarse”.