Charlene Domínguez
Las pensiones al 100 por ciento que pretende el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), de aprobarse su iniciativa de reforma, no serán aplicables para todos los mexicanos que se retiren y además el monto estará topado.
De acuerdo con expertos y la misma iniciativa, la propuesta del Ejecutivo federal aplicaría únicamente para trabajadores que empezaron a cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) después del 1 de julio de 1997.
En el caso del Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) el beneficio es para aquellos que iniciaron su cotización a partir del 1 de abril de 2007, y para los que hayan empezado a trabajar antes de esta fecha, pero que se hayan cambiado al régimen de cuentas individuales.
De esta manera la cobertura de esta iniciativa abarcaría a los trabajadores inscritos al IMSS en generación Afore y a los trabajadores inscritos al ISSSTE con una cuenta individual.
En ambos casos, IMSS o ISSSTE, los trabajadores a los que sí aplicaría la pensión al 100 por ciento deberán tener 65 años de edad.
Esto significa que la nueva reforma aplicaría solamente en caso de una pensión por vejez, explicó Jorge Alarcón, líder de Retiro de la firma WTW.
“Hay mucha gente que empieza a solicitar su pensión por cesantía en edad avanzada que es entre 60 y 64 años, ellos no tendrían acceso a este beneficio mínimo de acuerdo con lo que se menciona en la iniciativa”, aclaró Jorge Alarcón.
Bernardo González, socio de Trouver Capital, aseguró en entrevista que además las pensiones con una tasa de reemplazo del 100 por ciento tendrán un tope.
La iniciativa de reforma indica que los trabajadores con 65 años que empezaron a cotizar después del 1 de julio de 1997 bajo la Ley del Seguro Social, y las personas trabajadoras que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el ISSSTE tendrán derecho a que su pensión de retiro por vejez sea igual a su último salario.
Lo anterior sería aplicable hasta por un monto equivalente al salario promedio registrado en el IMSS, siempre y cuando la pensión que obtengan en términos de la ley sea menor a dicho promedio, de acuerdo con el proyecto de reforma del López Obrador.
Es decir, que si un trabajador con Afore al momento de jubilarse resulta que el monto de su pensión es menor al equivalente del salario promedio registrado en el IMSS, entonces a él le aplicaría una pensión con una tasa de reemplazo del 100 por ciento.
No obstante, si lo que el trabajador tiene ahorrado en la Afore es mayor al monto equivalente del salario promedio registrado en el IMSS, el Gobierno en esos casos no pone nada y la persona se queda con ese pensión mayor, añadió.
“Están subiendo la pensión mínima garantizada”, concluyó Bernardo González.