Pagarán partidos políticos en Querétaro 30 millones 438 mil 44 pesos en multas por diversas violaciones durante el recién finado proceso electoral. Así lo determinó el Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 22 de julio al ser aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo General del INE en la Ciudad de México, el Dictamen Consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña que fueron presentados por los partidos y las coaliciones.
Fuentes cercanas al Instituto Nacional Electoral, informaron a Plaza de Armas que el Partido Acción Nacional deberá pagar 14 millones 247 mil 169.17 pesos. Fue la multa más alta que se impuso en la entidad. Muy a lo lejos, le sigue Morena con 3 millones 41 mil 917.28 pesos; PRI 2 millones 945 mil 243 pesos; PT 2 millones 767 mil 486 pesos; Movimiento Ciudadano con 2 millones 479 mil 626 pesos; Querétaro Independiente 1 millón 35 mil 598 pesos; Fuerza por México 1 millón 14 mil 853 pesos; Partido Verde Ecologista con 1 millón 8 mil 732; RSP 796 mil pesos; PRD con 669 mil 619 pesos y el partido Encuentro Solidario con 431, 406 pesos.
Ahora que se han aprobado los dictámenes, se ordenó que una síntesis de las resoluciones sea publicada en el Diario Oficial de la Federación y a la par, notificar a la autoridad electoral local, a los partidos nacionales con acreditación local y en su caso, a las candidaturas independientes que hayan sido sancionadas.
Cuando haya sido notificado de las resoluciones, el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), deberá hacer efectivo el cobro de las multas un mes después de que queden firmes cada una de las sanciones.
Cabe hacer mención que los partidos sancionados aún cuentan con el recurso de apelación y este deberá ser presentado en un plazo máximo de cuatro días posterior a la notificación de las sanciones correspondientes. Lo anterior en términos de lo dispuesto en los artículos 40 y 79 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.
De acuerdo al Instituto Nacional Electoral, las principales violaciones a las normas de fiscalización durante la campaña local fueron omitir la presentación de documentos para respaldar sus operaciones, relación de viáticos, comprobantes fiscales, operar con proveedores no inscritos en el Registro Nacional de Proveedores del INE, no informar sobre la agenda de sus candidatos o modificaciones de la misma, realizas gastos sin servicios u objeto partidista, así como omitir destinar al menos al menos 40% de su financiamiento público para la campaña de sus candidatas; obligación acorde a velar por la paridad de género y la erradicación de la violencia en razón del mismo, en cumplimiento al artículo 14, fracción XIV del Acuerdo INE/CG517/2020 en relación con el Acuerdo CF/014/2021 aprobados por el INE .