San Juan del Río.- Asegura la Secretaria de Gobierno del Estado de Querétaro, Guadalupe Murguía Gutiérrez que, la Ley que regula la prestación de los servicios de agua y alcantarillado del estado, no vulnera la Constitución, ni a derecho.
Aseguró que dentro del estado solo existen dos organismos prestadores del suministro del agua; Comisión Estatal del Agua (CEA) y la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (JAPAM), así como algunos concesionarios otorgados por municipios y uno solo autorizado por gobierno del estado en la pasada administración, “concretamente, lo que busca esta Ley de Aguas y Saneamiento, es fortalecer a los operadores (CEA y JAPAM) para que tengan las atribuciones para ejercer el control, supervisión, así como la cancelación de una concesión, en caso de no ofrecer un servicio de suministro de agua adecuado”.
Subrayó que, en ningún momento el Estado renuncia o pierde la capacidad de continuar controlando el servicio del agua en el estado, “puede tener ciertas facultades, como el caso de los concesionarios que ya vienen operando”.
En tanto, para aquellos que explotan algunos mantos acuíferos, bajo una posible concesión, comentó que trabajará para realizar un análisis, para determinar si fue alguna concesión de la CEA o JAPAM, así como estos órganos tendrán que vigilar y supervisar, para saber si estos cumplen adecuadamente con el ofrecimiento del servicio, “de no ser así, existen elementos para derrocar la concesión”.
En cuanto a la falta de agua en el municipio de Amealco, Murguia Gutiérrez aseguró que la manifestación por la falta del servicio, fue atendida de manera inmediata, y fue a través de la CEA quien tuvo de conocimiento para la implementación de una mesa de dialogo, para escuchar las propuestas, “no lo aceptaron los manifestantes, ellos le estaban apostando, al tema de la constitucionalidad y que fuera derogada, la Ley de Aguas; hoy queda claro que la Defensoría de los Derechos Humanos y la Comisión Nacional de Derechos Humanos consideran que la Ley no viola el derecho humano al agua, ni la Constitución, por ello no se ejerció acción de constitucionalidad, sin embargo toda Ley es perfectible, mejorable; y hay apertura de la CEA para enriquecer, modificar o adicionar, lo que venga a bien para la mejor prestación del servicio de agua y saneamiento”.