Con una duración de 3 horas con 15 minutos, se llevó a cabo este jueves la audiencia inicial por el caso de violencia política en razón de Género, en perjuicio de Carolina Íñiguez; en las instalaciones del Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Querétaro.
La denuncia contempla las publicaciones hechas en el portal Parlamento MX en el mes de marzo de 2024, que señalaban a la víctima como “madre violentadora“, lo que provocó daños psicológicos y afectaciones en sus derechos político electorales.
En la audiencia, se solicitó por parte de la Fiscalía la vinculación a proceso contra Juan Manuel “N“, Alicia “N“ y David Rogelio “N“, argumentando los elementos de prueba necesarios que acreditan continuar con las investigaciones.
Sin embargo, el juez de circuito determinó que no existen los argumentos que respalden un daño a los derechos político-electorales de la excandidata de Movimiento Ciudadano; por considerar que las publicaciones de la nota “Madre agresora es candidata a diputada por MC“ y “César Cadena y Nora Amaya, encubridores de un grave delito“ se hicieron en marzo, lo que no habría impedido la inscripción de la víctima como candidata, en el mes de mayo.
Con este precepto, el juez decretó la no vinculación con efectos de sobreseimiento, absolución y que no se puede perfeccionar la investigación, para Juan Manuel y Alicia, quienes compartieron en Facebook dichas notas. Todo ello, pese a que Carolina ya estaba oficialmente instalada como candidata desde el mes de marzo, pues los aspirantes a cargos federales arrancan 90 días antes de la elección del 1 de junio, es decir, en el mes de marzo.
En el caso de David Rogelio “N“, la defensa del encargado de dicho portal solicitó 144 horas para evaluar la posible vinculación a proceso, por lo que su audiencia será el próximo martes 24 de febrero, a las 17:00 horas.
Ello, posterior a la declaración hecha frente al juez, donde confirmó que se hicieron las publicaciones en el portal Parlamento MX; alegando que desconoce quién subió las notas, ante la supuesta “apertura“ de los usuarios para publicar.
“Tenía que permitir la libertad de expresar“, mencionó mientras señalaba que es difícil determinar el contenido en su medio, al que calificó como de “poca influencia“, por contar con solo 500 seguidores.
Cabe señalar que, por esta denuncia, el imputado ya ha sido sancionado por violencia política en razón de género, aceptando ante el juez que está inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género; y que supuestamente habría pagado una multa económica y tomado cursos de sensibilización.
La víctima puede ingresar un recurso de revisión ante la sentencia del juez, en un plazo máximo de 72 horas posteriores.





