MITOS Y MENTADAS
¡¿México para los mexicanos?!
Existe amplia evidencia de que la inmigración es vital para el crecimiento económico. El Financial Times opina que la política anti-inmigratoria de Trump, presenta una gran oportunidad para atraer inmigrantes rechazados por los Estados Unidos y así acelerar el crecimiento de México. ¿La aprovecharemos? En mi opinión, NO. México tiene legislación más restrictiva. Veamos:
El Art. 32 de la Constitución señala: “Los mexicanos serán preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano…. “ Y hay más. Únicamente los mexicanos por nacimiento podrán optar el cargo de Diputado (Art.55); Senador (Art.58); Presidente (Art. 82); Secretario de Despacho (Art. 91); Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Art. 95); Fiscal General de la República (Art. 102); Gobernador Constitucional de un Estado (Art. 116); Comisionado en la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Art. 28); Consejero de la Judicatura Federal (Art. 100); miembro del Ejército, Armada o de la Fuerza Aérea (o desempeñar cualquier cargo o comisión en ellos) (Art.32); Magistrados integrantes de los Poderes Judiciales Locales, Procurador de Justicia (Art 116 Fracción III) y para ser titular de la Auditoría Superior de la Federación (Art. 79).
Y hay más: únicamente los mexicanos por nacimiento podrán ser capitanes, pilotos, patrones, maquinistas, mecánicos, capitanes de puertos, y/o cualquier otro puesto en la tripulación de una embarcación o aeronave que se ampare con la bandera o insignia mercante mexicana (Art. 32 Constitucional) y en leyes especiales determinan el mismo requisito para ser Gobernador o miembro de la Junta de Gobierno del Banco de México (Art. 39 y Art. 43; Ley del Banco de México); Director General del Seguro Social (Ley del Seguro Social, Art. 267); Comisionado General de la Policía Federal (Ley de la Policía Federal, Art. 7); Cónsul o Embajador (Ley de Servicio Exterior Mexicano, Art. 20) o Subprocurador o Visitador General de la Procuraduría General (Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Art. 18). Y como dije en mi artículo “Los Muros”, los extranjeros no podrán tener propiedades en las playas.
¿Existe diferencia con Estados Unidos? SÍ. El Señor Octaviano Ambrosio Larrazolo, nacido en Chihuahua, fue Gobernador y Senador del Estado de Nuevo México; Raúl Héctor Castro, nacido en Sonora, fue Embajador de Estados Unidos en Argentina, Bolivia y El Salvador y Gobernador del Estado de Arizona. Robert L. Cárdenas, General Brigadier de la Fuerza Aérea de Estados Unidos, nació en Yucatán. Rosario Marín nació en la Ciudad de México y fue tesorera en Estados Unidos. La lista sigue… ¿Qué pasaría si se aplicara el principio de reciprocidad, lo cual es costumbre de un Estado que concede a otro, un trato semejante al que recibe de él? A pesar de la retórica inflamada “anti-inmigrante” de Donald Trump, las leyes en Estados Unidos indican que los únicos puestos al que no puede aspirar un ciudadano no nacido en Estados Unidos es el de Presidente y Vicepresidente. ¿Qué pasaría con los mexicanos que viven en la Unión Americana si Trump decidiera aplicar dicho principio, comenzando con el artículo 32 constitucional? La corrupción es un lastre para el crecimiento económico de México. La política migratoria también.