Amaga Juez de Distrito con destitución y cárcel al gobernador, titular de Salud y directores de los hospitales de no acatar fallo
FERNANDO VENEGAS RAMÍREZ
Nuevamente ha tenido que actuar un Juez de Distrito para ordenar al gobernador Francisco Domínguez, al secretario de Salud y a los director del Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer y del Hospital General de Querétaro la entrega de medicamentos para una bebé de 16 días de nacida y el tratamiento de quimioterapias a un paciente con cáncer. En ambos casos -de los que el periódico PLAZA DE ARMAS tiene copias de los documentos- la autoridad federal fijó un plazo de 24 horas al mandatario estatal y a los otros servidores públicos para atender la determinación judicial “so pena de tres a 9 años de prisión y multa de 50 a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar cargo, empleo o comisión públicos, por conducto del desacato a lo aquí ordenado con independencia de cualquier otro ilícito que resulte con tal proceder”.
En el juicio de amparo 315/2020 radicado en el Juzgado Segundo de Procesos Penales Federales y de Amparo en el Estado de Querétaro el concepto de violación fue la omisión por parte de la Secretaria de Salud de entregar medicamento a la menor de edad.
Se informó que el pasado jueves 26 de marzo fue presentada demanda de amparo en contra del Hospital De Especialidades Del Niño y La Mujer, siendo recibida por el juzgado de distrito que está de guardia para atender casos urgentes debido a la suspensión de labores emitida por el consejo de la judicatura en la contingencia del COVID-19.
Como antecedente se citó que el 11 de marzo de 2020 la C. María Guadalupe “N” dio a luz a un bebe con genitales ambiguos por lo que de momento no se pudo conocer el sexo, como consta en el certificado de nacimiento con folio 025668344.
Hasta el martes 24 de marzo le expidieron la receta HENM 0351381 pero con fecha anterior de día viernes 20 de marzo en la que se diagnostica por parte de la doctora Patricia Núñez Macías a la recién nacida con hipotiroidismo/hiperplacia suprarrenal congénita, recetándole Prednisolona, Fludrocortisoa y cápsulas de sal.
Para complicar la situación no se pudo realizar el registro de la menor, (al momento de la presentación de la demanda de amparo la menor contaba con 16 días de nacida), debido a que el trámite administrativo también está suspendido por la contingencia y el Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer les estaba requiriendo de pago de servicios de hospitalización.
Así llegaron al miércoles 25 de marzo cuando la doctora Patricia Núñez Macías le comentó a la madre del bebé que no tenían el medicamento, por lo cual debía comprarlo a la brevedad ya que de lo contrario la menor correría un gran riesgo de fallecer internada.
En tal circunstancia, el 26 de marzo de 2020 siendo las 13:35 horas, el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en el Estado de Querétaro, recibió la demanda, resolviendo conceder la suspensión de plano en favor de la menor de edad, notificándola a las 21:00 hrs. aproximadamente del mismo día (9 horas en resolver la suspensión de plano y notificarlo) a fin de que se le provean los medicamentos a la menor, señalando como autoridades responsables al gobernador del Estado de Querétaro Francisco Domínguez, al secretario de Salud y al director del Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer, para que en un plazo de 24 horas cumplan con la determinación judicial so pena de las sanciones ya mencionadas. Ante ello, se entregaron, dentro del plazo señalado, los medicamentos requeridos en el tratamiento de la niña.
PACIENTE CON CÁNCER
Lo mismo ocurrió con el amparo promovido por un paciente con cáncer ante el mismo juzgado de guardia frente a la omisión por parte de la Secretaría de Salud para la entrega de medicamentos. La historia: A inicios del 2017 se diagnostica al paciente de sexo masculino con iniciales RB con un carcinoma epidemioide de cabeza y cuello subsitio en nasofaringe etapa clínica III, por lo que inicia en Hospital General de Querétaro tratamiento de quimioterapia (7 sesiones) y además tratamiento de radioterapia (35 sesiones); ambos tratamientos se llevaron a cabo al mismo tiempo.
Al no aguantar el medicamento de las quimioterapias por vía intravenosa, ya que éste era muy fuerte para él, el médico decide cambiar el tratamiento por quimioterapia tomada vía oral (Capecitabina de 500 mg) y además para el control del dolor de huesos parches de Buprenorfinade 30 mg y paracetamol. Éste tratamiento resulto tener mejor efecto y en estudios se observaba que ayudaba a que el cáncer no avanzara por lo cual se anexa original de Receta No. HGQ-023725/2020 de fecha como límite de surtimiento 25 de marzo de 2020 y la receta HGQ-014269/2020 de fecha límite de surtimiento 24 de febrero de 2020 De hecho, en estudios recientes, ya se pueden observar manchas en pulmón.
Sigue en la actualidad con la indicación del médico oncólogo del hospital continuar con el tratamiento de quimioterapia, sin pausas; sin embargo, en el hospital no cuentan con el medicamento, y el paciente no cuenta con el sustento económico para obtenerlas ya que el costo aproximado de la quimioterapia tomada Buprenoefina de 30 miligramos, parche
envase con cuatro parche 2,800 pesos. Dos parches Capecitabina de 500 miligramos,
gragea, 20 mil pesos aproximadamente.
El afectado informó que la razón por la que anexo solo las recetas originales y no el carnet de citas médicas es debido a que el hospital se niega a atenderlo sin dicho documento.
Es importante continuar con el tratamiento de quimioterapia, ya que es un paciente con un estado de salud muy delicado, el cual depende de esos medicamentos, y se encuentra en estado muy grave además el control del dolor con los parches es muy importante ya que son dolores equiparables a una tortura y actualmente ya no tiene ni parches ni medicamentos ya que el hospital general de Querétaro se ha negado a proporcionar los medicamentos que se encuentran descritos en las recetas médicas.
En fecha 26 de marzo se presenta demanda de Amparo, señalando como autoridades
responsables: al director del Hospital General de Querétaro, gobernador del estado de Querétaro, Francisco Domínguez Servién y al secretario de Salud del Estado de Querétaro. siendo está recibida a las 17:14 horas y resolviendo la suspensión de Plano en favor de entregar medicamentos para el cáncer y notificándola a las 21:00 horas aproximadamente
del mismo día (tardando 4 horas en resolver la suspensión de plano el juzgado de distrito) a fin de proveer los medicamentos y tratamiento médico al paciente con cáncer se dan 24 horas a las autoridades responsables. Como en el caso anterior se instó al gobernador Domínguez, al secretario de salud y los otros señalados a cumplir con la determinación judicial so pena de tres a 9 años de prisión y multa de 50 a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar cargo, empleo o comisión públicos, por el desacato a lo ordenado con independencia de cualquier otro ilícito que resulte
con tal proceder Ante tal advertencia, el viernes 27 de marzo de 2020 el paciente fue citado en el Hospital General de Querçeyatp a las 14:00 horas y a las 16:05 horas el director, en cumplimiento a la suspensión de plano, hizo entrega personalmente de los medicamentos requeridos por el paciente a través del juicio de amparo después
de hacerle esperar dos horas.