El pasado 14 de abril del 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-059-SEMARNAT-2025, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres.
Mismo proyecto que de acuerdo al artículo 57 de la Ley General de Vida Silvestre, se encuentra a consulta pública y establece que cualquier persona de conformidad con lo estipulado en el reglamento y en las normas oficiales mexicanas, puede presentar a la Semarnat propuestas de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para especies silvestres o poblaciones.
Tal proyecto, es el resultado de muchas consultas de especialistas (grupo compuesto por setenta y siete personas, que sesionó en veintidós ocasiones), derivando en la inclusión de sesenta y cinco especies en alguna categoría, la exclusión de una especie y el cambio de categoría de once especies.
La publicación en el DOF fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su Primera Sesión Ordinaria celebrada el 27de marzo de 2025.
El documento señala claramente que el Objetivo y campo de aplicación es el siguiente:
Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los criterios que deben observar las propuestas para la inclusión, exclusión o cambio de categoría de especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo, en la república mexicana, mediante una justificación técnico-científica, y del método de evaluación de su riesgo de extinción.
Cabe señalar que esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, para las personas físicas o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de especies o poblaciones silvestres, en alguna de las categorías de riesgo que se establezcan en la Lista de Especies en Riesgo que debe elaborar y publicar la Semarnat, todo lo anterior, conforme a lo previsto en los artículos 56, 58 y 59 de la Ley General de Vida Silvestre.
Además, los Objetivos legítimos de interés público, consisten en:
La presente Norma Oficial Mexicana tiene como finalidad, la protección al medio ambiente y cambio climático, en términos del artículo 10 de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Y ante la pérdida de la biodiversidad por diferentes factores como cacería ilegal, deforestación, degradación, fragmentación de ecosistemas e introducción de especies exóticas invasoras, es necesario proteger y conservar a las especies que se encuentren en riesgo, por lo que la presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones que debe observar la propuesta y la aplicación del método de evaluación del riesgo de las especies, que se pretendan incorporar a la Lista de Especies en Riesgo. Definiendo previamente que la Biodiversidad consiste en “la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.” Y a su vez define lo que es una Especie endémica: Aquella cuyo ámbito de distribución natural se encuentra circunscrito únicamente al territorio nacional y a las zonas donde la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción.
Por otra parte, la Lista de Especies en Riesgo en la que se identifican las especies y poblaciones de flora y fauna silvestres en cada una de las categorías de riesgo se divide en: Hongos, Plantas, Invertebrados, Peces, Anfibios, Reptiles, Aves y Mamíferos.
Tal como se señala en dicho proyecto, se puede apreciar el incremento de especies en riesgo, lo que se traduce finalmente en un mayor declive de la biodiversidad, cuando lo que se esperaría sería la reducción de las especies en riesgo, en cualquiera de sus 4 categorías o por lo menos, un cambio de estatus a un nivel menor de riesgo.
Se puede argumentar que en la versión pasada de la NOM 059 no se contaron con mas y mejores estudios, pero el punto clave, es que a pesar de ello, lo que se registra es un mayor incremento de especies en riesgo.
Lo anterior, nos lleva a considerar que hace falta una mayor protección y conservación de las especies y sus hábitats.
Asimismo, en el listado que nos ofrece el proyecto de NOM 059 se pueden visualizar especies que se encuentran en el estado de Querétaro, bajo alguna categoría de riesgo, como sucede con:
Mammillaria herrerae (bola de hilo), especie endémica, en categoría P.
Mammillaria mathildae (bisnaga de la cañada) endémica, en categoría P
Kadenicarpus pseudomacrochele (Peyote Queretano), endémico en categoría P.
Kroenleinia grusonii (Asiento de suegra) endémica, en categoría P.
Pericos, Guacamayas y Loros en categoría P.
En un estudio titulado “Especies Vegetales Vulnerables y en Riesgo del Estado de Querétaro” de los autores Cabrera Luna, José Alejandro y Pantoja Hernández, Yolanda, ambos de la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Autónoma de Querétaro, en el 2016, señalaron que “Los remanentes de vegetación, cercanos a las zonas urbanas, registraron 28 especies, por ejemplo, Mammillaria mathildae y Opuntia elizondoana, ambas especies consideradas endémicas del valle de Querétaro y cuyas poblaciones han disminuido considerablemente debido al cambio de uso de suelo y a la destrucción de su hábitat”.
En algunos artículos también se señalan otros insectos endémicos de Querétaro como la araña Loxosceles aranea que es una de las 36 especies de arañas violinistas que hay en México. Y la tarántula Cotztetlana sp.
En el libro titulado Fragmentos de Conservación de la Biodiversidad Urbana en el municipio de Querétaro, del autor Javier García, publicado por el municipio de Querétaro, en el año 2024, se dice que “en lo que respecta a la diversidad de flora y fauna, en el Municipio de Querétaro, de acuerdo con el Inventario Municipal Forestal y de Suelos, 2015 (Municipio de Querétaro, 2015) se tienen registradas 81 familias (destacando ASTERACEAE, POACEAE, FABACEAE Y CACTACEAE), 294 géneros y un total de 468 especies de flora que representan el 20.6% del total reportado para el Estado de Querétaro. Del total de especies, 3 especies son microendémicas (conocidas solo del valle de Querétaro) y 5 están consideradas dentro de los listados de especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo (NOM-059-SEMARNAT-2010). Así mismo, hay 10 especies más que no se han vuelto a colectar en mucho tiempo y que probablemente ya desaparecieron de la zona.”
“Mientras que, en lo correspondiente a fauna silvestre, se tienen registros y reportes de 305 especies (de las cuales hay 92 especies de insectos, 4 especies de peces, 16 especies de anfibios, 30 especies de reptiles, 99 especies de aves y 64 especies de mamíferos para todo el municipio de Querétaro). De este total de fauna registrada para el municipio, se encuentran 27 especies bajo alguno de los estatus ecológicos de protección de la NOM-059-SEMARNAT-2010, siendo los reptiles con 15 especies el mayor grupo con un 55.5 % del total (Municipio de Querétaro, 2015).”