El Tribunal Supremo ha condenado a Iñaki Urdangarin a cinco años y 10 meses de prisión, lo que deja al marido de la Infanta Cristina al borde del ingreso en prisión. La sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal supone una leve rebaja de la condena que le impuso la Audiencia de Palma, que fue de seis años y tres meses. La Fiscalía recurrió esa sentencia pidiendo elevar la condena de Urdangarin hasta los 10 años de cárcel [Lea en PDF el fallo condenatorio del Tribunal Supremo].
La decisión sobre la fecha de ingreso efectivo en prisión corresponde a la Audiencia de Palma. Urdangarin aún tiene la opción de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y pedir la Audiencia que aguarde a la decisión del TC sobre si acepta la solicitud de suspensión de la ejecución de la pena mientras resuelve el caso. Sin embargo, el Constitucional tiene establecido que acepta estudiar esas suspensiones cuando se trata de condenas inferiores a cinco años de prisión, lo que no es el caso.
El Supremo considera “acreditado” que Urdangarin aprovechó “la situación de privilegio de que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien era entonces Jefe del Estado” para que el Gobierno balear contratara con el Instituto Nóos, que él controlaba.
La rebaja de cinco meses en la condena de Urdangarin responde a que el tribunal rechaza la comisión de una falsedad documental que sí vio la Audiencia. Así pues, la condena definitiva corresponde a un delito continuado de prevaricación con malversación (dos años y tres meses) del que habría sido cooperador necesario, fraude a la Administración pública (siete meses), tráfico de influencias (un año) y dos delitos fiscales (un año de cárcel por cada uno). El Alto Tribunal retoca al alza la cifra defraudada a Hacienda que debe reintegrar, que sube a 326.925 euros, si bien mantiene la multa que acarrea en 512.553.
El Supremo ratifica la responsabilidad como partícipe a título lucrativo de Cristina de Borbón en el delito de malversación y fraude de su marido, pero se la retira respecto al delito fiscal. Eso supone que la Infanta responde económicamente junto a su marido hasta una cantidad de 136.950 euros. En cambio, ya no tiene que responder por otros 128.138 euros que le reclamaba la Audiencia de Palma por el beneficio que habría obtenido ella por el fraude a Hacienda de Urdangarin.
Esta decisión es consecuencia del recurso de la Ana María Tejeiro en relación a su declaración de responsabilidad como partícipe a título lucrativo del delito fiscal de su marido y socio de Urdangarin, Diego Torres. La estimación del recurso en ese punto se extiende a la Infanta respecto a los dos delitos fiscales cometidos por su marido. El Supremo considera que no es posible la participación a título lucrativo en delitos de defraudación tributaria.
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