Se ha dado a conocer el llamado Índice de Impunidad Ambiental México 2020 generado por la Universidad de las Américas Puebla, que apunta desde la introducción lo siguiente: “La posibilidad de que pueda ocurrir una catástrofe ambiental global en el mediano plazo, como resultado de la alteración de los ciclos naturales, resulta hoy mucho más factible e involucra el sufrimiento potencial de millones de personas y el colapso de los sistemas económicos —como hemos podido experimentar durante los meses de la pandemia—, además de la propia devastación de espacios naturales y la extinción de especies. Lo que ha ocurrido desde 2020 pone de manifiesto que los países no cuentan con capacidades institucionales suficientes para enfrentar una situación de catástrofe o emergencia, incluyendo a los países más desarrollados, y que la cooperación internacional se moviliza con demasiada lentitud e ineficiencia como para generar una respuesta articulada. Por lo mismo, la magnitud de las consecuencias de la crisis ambiental global nos obliga a replantear nuestro lugar como sociedades con relación a los ciclos naturales, redefinir el significado del acceso a bienes públicos y recursos naturales, así como enfocar los procesos sociales y el desarrollo económico desde el reconocimiento del valor de la naturaleza en sí misma y en su relación con la vida humana. La perspectiva de la justicia ambiental representa una forma de discutir y analizar las consecuencias de la crisis ambiental global destacando sus implicaciones sociales y los efectos destructivos en la vida comunitaria. Los actos que entran dentro de la denominación de injusticias ambientales, como el daño y el crimen derivado de la contaminación o la destrucción de ecosistemas, o las prácticas económicas voraces relacionadas con el acceso y uso de recursos naturales, suelen acompañarse por lo general de altos niveles de impunidad. En este sentido, las personas y comunidades sufren los efectos del crimen y daño ambiental, enfrentan contextos caracterizados por ausencia de investigación, sanciones o reparación ante la comisión de actos delictivos, o frente a prácticas que dañan el ambiente o la vida cotidiana de comunidades y pueblos indígenas. La impunidad es un fenómeno social que en sí mismo causa un daño profundo a sus víctimas, pero que también tiende a multiplicar el daño causado por la violencia, la desigualdad, la corrupción o el acceso desigual a la justicia.
De esta manera, definimos la impunidad ambiental en un sentido amplio que permita integrar tanto la existencia de delitos y crímenes ambientales, actividades que provocan daño y riesgos para ecosistemas y comunidades humanas, así como la inexistencia o insuficiencia de capacidades y recursos institucionales para proteger el entorno y garantizar el respeto del derecho a un medioambiente sano. Hemos definido la impunidad ambiental como: i) la imposibilidad de investigar, perseguir, enjuiciar, sancionar y reparar los delitos y daños en contra del medio ambiente, sea esto consecuencia de la falta de capacidades institucionales o de voluntad política de las autoridades; ii) la ausencia de aplicación o cumplimiento de objetivos de política ambiental y climática, debido a la falta de capacidades institucionales o de voluntad política, en tanto afectan la posibilidad de proteger efectivamente el medioambiente y garantizar un disfrute pleno del derecho humano a un medioambiente sano, y iii) la inexistencia de estrategias y programas de políticas públicas de largo plazo o intergeneracionales que reduzcan el riesgo de sufrir daño o dejar de disfrutar del acceso a recursos naturales que pueden padecer las poblaciones más vulnerables, las futuras generaciones e incluso otras especies.”
Bajo este tenor, se puede observar la situación de cada estado de la república, en donde encontramos que “El promedio nacional de impunidad ambiental que hemos encontrado es de 1.93 y el caso mejor evaluado alcanza 2.31 en una escala en la que el máximo posible es de 4 puntos. Esto nos advierte que la política ambiental en México es sumamente frágil, en el ámbito federal y en todas las entidades del país, y que las capacidades institucionales son muy reducidas para proteger ecosistemas, evitar la degradación de recursos y capital natural, y garantizar efectivamente el derecho a un medioambiente sano.”
Dentro del índice destaca como muy alta impunidad el estado de Colima, mientras que dentro de la escala de “impunidad media baja están las diez entidades con mejor desempeño, aunque no pueden catalogarse como ejemplo de impunidad baja, pues ninguna supera a al menos un valor de 2 sobre 4 puntos posibles. En este grupo se encuentran Jalisco, Coahuila, Guanajuato, Aguascalientes, Chihuahua, Querétaro, Baja California, Ciudad de México, Morelos y Durango.”
Sin duda, en Querétaro tendremos en los próximos 10 años temas ambientales urgentes a resolver en materia de agua, energía, biodiversidad urbana, cambio climático, economía circular y cambios de uso del suelo, lo que a su vez, entraña discusión pública, el acceso a la justicia ambiental y la protección a los defensores ambientales, antes de que crucemos la línea irreparable, como acaba de suceder en días pasados en el estado de Morelos, con el asesinato del ambientalista Rodrigo Morales Vázquez.