El coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI legislatura del estado de Querétaro, Guillermo Vega Guerrero, informó que este jueves 10 de julio se discutirá y dictaminará en sesión de Pleno la Ley Kuri o Ley de Protección Digital a Niñas, Niños y Adolescentes.
El legislador reconoció que la única empresa con la que se tuvo diálogo permanente para esta reforma fue Meta, quien hizo algunas observaciones a la propuesta, como el reducir la edad de 14 a 13 años, para solicitar la autorización de los padres de familia en el uso de las aplicaciones.
Afirmó que se aprobará de manera íntegra el dictamen que presentó el gobernador del estado, Mauricio Kuri González; y que se buscará el consenso de todas las fuerzas políticas.
“Varias de las modificaciones que se establecían por las empresas tienen que ver con la competencia y facultad exclusiva del congreso de la unión, que es el único facultado para llevar a cabo reformas en materia de telecomunicaciones. Así que esta iniciativa queda firme en los términos que envió el gobernador y se estará el jueves solicitando su aprobación. El día de hoy estaremos teniendo contacto con los coordinadores para hacerles llegar el dictamen final“, sostuvo.
Vega Guerrero indicó que, para redes sociales y plataformas de mensajería instantánea serán considerados en rubros diferentes; las cuales en todo momento deberán priorizar acciones para salvaguardar el interés superior de la niñez, con mecanismos de denuncia y reparación de derechos.
Las plataformas no permitirán el uso a menores de 14 años; y para el rango de los 14 a los 18 años, se solicitará el consentimiento del padre, madre o tutor, para hacer uso de estas redes sociales digitales.
“Las plataformas de redes sociales digitales serán responsables por el incumplimiento de las exposiciones establecidas anteriormente, así como por los daños y prejuicios ocasionados a niñas, niños y adolescentes en términos de las disposiciones legales aplicables“, subrayó.
Además, modifica el código penal para que, el que por medio de internet o cualquier otra tecnología de información y la comunicación contacte a un menor de 18 años y proponga concertar un encuentro con fines sexuales o solicite favores de naturaleza sexual será castigado con la pena de 3 a 6 años de presión y multa de mil a dos mil UMAS; las penas se aumentarán hasta una tercera parte cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción intimidación o engaño.
Misma pena cuando el que, a través de internet o cualquier otra tecnología de la información y comunicación contacte a un menor de 18 años y realiza actos dirigidos a obtener material pornográfico o le muestra imágenes pornográficas.








