Charlene Domínguez
Con una serie de reformas al Código Fiscal de la Federación, el Gobierno federal endurecerá las medidas para combatir la evasión fiscal cometida por personas morales y dará aún más poder al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La iniciativa con proyecto de decreto, contenida en el Paquete Económico 2026, propone reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación. El objetivo es regular la emisión de comprobantes fiscales falsos, debido al daño que generan al erario.
El planteamiento contempla cancelar o negar la inscripción al RFC de personas morales vinculadas o identificadas como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) o Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS).
Aunque el SAT ha combatido la proliferación de facturas apócrifas, la iniciativa advierte que los esquemas se han vuelto más complejos, lo que ha derivado en nuevas formas de evasión o reducción de impuestos.
“Dichas conductas, en ocasiones, son detectadas en un nivel muy avanzado del daño que han generado al fisco federal y de la contaminación fiscal que pueden alentar en otros contribuyentes; lo que genera el aliciente principal para proponer atacar la génesis de la problemática, que se ubica desde la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Se propone a esta Soberanía dotar al SAT con la facultad de negar la inscripción en el RFC a las personas morales”, señala el documento.
El objetivo es frenar a estos contribuyentes para que no puedan utilizar otras empresas en la realización de operaciones indebidas. La medida aplicaría, por ejemplo, si el SAT detecta que el representante legal, los socios, accionistas o integrantes de la estructura de una empresa han usado comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes sin comprobar su materialización.
También alcanzaría a compañías declaradas emisoras de facturas falsas o con créditos fiscales a su cargo, entre otros supuestos.
La propuesta incluye además una nueva facultad de comprobación mediante visitas domiciliarias con plazos abreviados, así como la suspensión de la facturación del presunto infractor desde el inicio del procedimiento en su contra.







