En la clásica novela de Crimen y Castigo de Dostoievski, se plantea una cuestión tanto sicológica como moral, encarnada en el personaje central, al plantearse la idea y convicción de que los fines humanitarios justifican la maldad, lo cual, lo conlleva al asesinato para obtener el dinero que necesitaba, pero al final, se impone el castigo.
Ahora vemos en el Querétaro actual, que dos diputados de la cámara local, uno del Pan y la otra de Morena, han presentado cada quien, una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en el capítulo de Delitos Ambientales.
Ambos, coinciden, sin importar el color de sus partidos, que hay que penalizar una conducta antijurídica, como la oferta en preventa, venta, permuta o cualquier otro tipo de traslado de dominio o escriture, terrenos ubicados en áreas naturales protegidas declaradas dentro del territorio del Estado de Querétaro, ya que ello, en la iniciativa del Diputado Dorantes, tiene consecuencias graves por la afectación del patrimonio de las familias, ya que realizan operaciones inmobiliarias con engaño, lo cual concluye, que estamos frente al Fraude; mientras que la Diputada Larrondo, lo enfoca en la acción antijurídica de afectación al medio ambiente, y que también afecta al patrimonio de las personas que se ven engañadas en dichas ventas de terrenos, que se encuentran en Áreas Naturales Protegidas o en Unidades de Gestión Ambiental del Ordenamiento Ecológico del Territorio como de preservación y protección ecológica. El asunto estriba, en que dichos terrenos no cuentan con las licencias, permisos y/o autorizaciones de las autoridades competentes para considerarse terrenos con uso habitacional, de ahí el engaño, o fraude. Y es que, por otra parte, diversos ciudadanos y ambientalistas, han denunciado reciente, reiterada y públicamente tal engaño de una empresa inmobiliaria.
Bajo todas estas consideraciones, resulta clave señalar, que hay prácticas que se mantienen impunes, al no estar tipificados como delito, pero que dichas conductas son lesivas, en el caso, para el medio ambiente y el patrimonio de las familias. Por ello, la pertinencia de las iniciativas de reforma al Código Penal del Estado. Ahora bien, tal como lo creía el personaje de Crimen y Castigo, que los “fines humanitarios justifican la maldad”, es posible que la empresa inmobiliaria, considere que al ofertar terrenos para casas habitación, este haciendo un bien y máxime, cuando dice que beneficiará a los ejidatarios con quien se asoció, en aras de obtener dinero, como en la novela, sin importar el daño que se puede ocasionar.
Lo trascendente es que ya ha sido detectada esa conducta criminal y que ahora, lo que falta, es que converjan, acuerden y aprueben la reforma al Código Penal, para estar en condiciones de penalizar y castigar ese engaño, como en la novela.
Hay además otras propuestas en la iniciativa de Fabiola Larrondo, sobre un tema muy actual, puntual y urgente, a saber, el referente a generar daños, deterioro o menoscabo del proceso ecológico de polinización, las poblaciones de abejas o las colmenas, mediante incendios, destrucción o contaminación por el uso de agroquímicos dañinos. Pues como se ha insistido en la discusión nacional, hay agroquímicos altamente peligrosos y contaminantes como el glifosato, que debe ya prohibirse y otros que ya entraron en la lista, que afectan directamente a los polinizadores, la salud humana, la calidad de los alimentos y procesos ecológicos. Recordemos, que Querétaro, esta a la vanguardia en materia de normatividad para el sector apícola, al tener la ley más avanzada en el país, por ello, debe haber congruencia entre el conjunto de disposiciones legales y frenar, aquellas conductas que retrasan, obstaculizan y perjudican, como el uso de agroquímicos tóxicos.
Por último, también quiero resaltar, la incorporación de un delito, concerniente a la calidad del aire que se ve afectado por emisiones de partículas menores a 2.5 micras, que son, sin duda alguna, las mas perjudiciales a la salud humana, y máxime cuando todavía estamos en una situación de emergencia por la pandemia del coronavirus, lo que incrementa el riesgo para la población expuesta en zonas donde se rebasa el máximo permitido de las partículas PM2.5, como ya ha sucedido en una Delegación del municipio de Querétaro, y que valió la clausura de dos empresas contaminantes, por parte de la Procuraduría Ambiental del Estado. Y seguramente, dichas empresas, dirán o pensarán que los fines humanitarios de generar empleo, justifican la emisión de contaminantes, aunque ello conlleva a enfermar a la población y hacerla vulnerable frene al Covid-19.
Como en toda reforma de un cuerpo normativo, hay propuestas que se añaden, por que existe un vacío y frecuentemente alguien se aprovecha de ellos para obtener un beneficio económico, pero también hay reformas que se orientan ya sea a penalizar con mayor rigor o a insertar elementos que faltaban, para una mejor aplicación de la justicia ambiental.
Hoy por hoy, la ética, y en particular, la ética ambiental, es condición para construir una sociedad con criterios ambientales, que garanticen el derecho humano al un medio ambiente sano, la calidad de vida y la conservación de la biodiversidad, que tanto nos ha costado a los ciudadanos de Querétaro, por lo que toda aquella conducta, diríamos antisocial, jurídica y ambiental, debe ser reducida, controlada y castigada.
Esperamos que no se queden estas iniciativas en el cajón de los recuerdos o en el sueño de los justos, y procedan a aprobarlas en el presente año, ya que contra lo que se dice en el informe reciente de la legislatura, hasta la fecha, es decir, en dos años, no se ha aprobado ninguna ley o reforma en materia ambiental.