La Comisión de Administración y Procuración de Justicia aprobó el proyecto de dictamen de las observaciones parciales a la Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal, enviadas por el Ejecutivo del Estado.
El diputado Guillermo Vega Guerrero, presidente de la comisión legislativa, precisó que “del análisis de las observaciones realizadas por el Ejecutivo y, con el objetivo de evitar malas interpretaciones este determinó la eliminación del Artículo 159 del Código Penal del Estado de Querétaro”.
“Se han procesado ya estas observaciones parciales a la iniciativa que se había aprobado por el pleno. Queda vigente el artículo 159, 159 BIS, 159 TER, 159 Quarter, y se rescinde y se elimina el 159 que se había compactado, que fue objeto de los comentarios”
Cabe señalar que dicho artículo contenido en el capítulo 1 sobre revelación de la información, del Título Séptimo relativo a Delitos Contra la Inviolabilidad de la Información, señalaba imponer de uno a cinco años, hasta 500 veces el valor diario de la UMA, por concepto de multa y trabajar en favor de la comunidad hasta por seis meses, al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo, utilice, revele, entregue o facilite el acceso a información, documentos o cualquier objeto que se le hubiese confiado sea público o privado.
El legislador enfatizó que en ninguna etapa del proceso legislativo se tuvo la finalidad de afectar el ejercicio del periodismo, el derecho a la libertad de expresión, así como el acceso a la información pública. Puntualizó que se mantendrá solo la penalización contra la revelación de secretos.
En este sentido, Vega Guerrero destacó la actuación del gobierno estatal y de la legislatura, para frenar algo que, advirtió, podría haber sido un error que dejaba interpretaciones en contra de los reporteros.
“Nos hubiéramos equivocado si hubiéramos querido forzar o convencer de algo que generaba preocupación, eso hubiera sido un error. Parece que es un acierto escuchar, entender, sensibilizarse y desistir de algo que podría preocupar”.
Finalmente, en dicha comisión se aprobó el dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma al artículo 440 del Código Civil del Estado, con la finalidad de adicionar una causal de pérdida de la patria potestad, para los casos en los que la persona que la ejerce cometa violencia sexual de cualquier índole en contra de la niña, niño o adolescente o cuando permita que un tercero ejerza dicha violencia.