Tras la liberación de Israel Vallarta del Penal del Altiplano, el pasado 1 de agosto, tras casi 20 años preso, Alejandro Gertz Mañero, Fiscal General de la República, informó que la dependencia apelará la absolución.
La ex pareja de Florence Cassez fue absuelta de delincuencia organizada, secuestro en agravio de seis personas y portación y posesión de arma de fuego.
“El delito de secuestro después del homicidio es el delito más grave que puede sufrir cualquier persona. En este caso particular hay seis personas que sufrieron este secuestro. Este secuestro se llevó a cabo antes de que hubiera una diligencia evidentemente ilegal y abusiva, y esas personas no pueden quedar en estado de indefensión.
“Es una obligación moral, es una obligación ética y jurídica defender a las víctimas del secuestro. Y nosotros vamos a proceder a través del recurso de apelación en la defensa de esas víctimas y en el derecho que tienen a la reparación del daño”, puntualizó Gertz Manero.
REFORMA publicó que la sentencia de la Primera Sala de la Corte, que en 2013 ordenó la libertad de la francesa Florence Cassez, también le abrió la puerta de la prisión a Vallarta, su ex pareja sentimental.
Mariana Vieyra Valdés, Jueza Tercera de Distrito en Materia Penal del Estado de México, absolvió a Vallarta basándose, en buena medida, en el fallo de la Corte que estableció que el montaje televisivo de la AFI (Agencia Federal de Investigación) causó un efecto corruptor en el debido proceso.
La juzgadora afirmó que la entonces Procuraduría General de la República (PGR) no sólo se valió del montaje de las capturas para acusar a Vallarta, sino que indujo a las víctimas de secuestro para que lo reconocieran e hicieran imputaciones directas en su contra, señala la sentencia absolutoria.
Con base en la resolución de la Corte, la jueza invalidó en favor de Vallarta las mismas pruebas canceladas a Cassez, es decir, 13 testimonios de las seis víctimas de secuestro y el parte informativo de la captura.
Con el mismo criterio, eliminó otras evidencias que, en su opinión, eran contrarias al debido proceso, como las diligencias de reconocimiento del acusado en las cámaras de Gesell y fotografías, así como otros testimonios de víctimas y familiares que, en su opinión, se “adecuaron a la versión oficial”.








