ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE
La Democracia Energética en Querétaro
La ruta hacia la transición energética en México es un hecho que se puede constatar, a partir del compromiso del Estado con la lucha contra el cambio climático asumido tanto internacionalmente como en sus metas nacionales, pero aún más, porque la nueva potencia de generación eléctrica instalada anualmente a nivel nacional a partir de fuentes renovables muestra una tendencia que superará a la de las tecnologías convencionales.
Este cambio de modelo debe ir aparejado de otro más, el cual se refiere a la manera de gestionar y gobernar la energía. Sistemas de generación centralizados, propios de la primera y segunda revolución industrial, dieron lugar a empresas de integración vertical, que ahora empiezan a desvanecerse para dar pie a una integración horizontal en la cadena de valor de la energía. El aprovechamiento de las energías renovables sobre todo la proveniente del sol y el viento, como bienes comunes, crea la posibilidad de un acceso real de los consumidores a fuentes de energía distribuidas por todo el territorio para que estos también sean los nuevos actores del siglo como “prosumidores” (Rifkin, 2012). Tal escenario tiene una relevancia y contribuye a un nuevo modelo que se basa y fortalece la democratización energética y la descentralización económica.
Un modelo basado en la democracia energética (en el renglón de energía distribuida) ofrece ventajas como: acceso, aprovechamiento y distribución en cualquier punto; participación y venta de energía sin mayor trámite que un contrato con un suministrador; uso de las redes para la interconexión; disminución de las emisiones de carbono; se puede hacer de manera individual o colectiva, a través de cooperativas o administraciones locales y; crea nuevos puestos de trabajo.
En México, se han establecido los principios claves de la democracia energética, tal como se observa en el considerando Cuarto de la Resolución núm. res/142/2017 de la Comisión Reguladora de Energía, al señalar: “Que el artículo 68 de la LIE establece que la Generación Distribuida contará con acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a las Redes Generales de Distribución, así como el acceso a los mercados donde pueda vender su producción”
Por citar algunas cifras, tenemos que, al término del primer semestre del 2017 sobre la integración de Generación Distribuida en México, la cual corresponde a 304,167 kw (0.22% de la capacidad total instalada), el Sistema Eléctrico Nacional se ubica en la primera etapa de integración de Generación Distribuida a que alude el considerando de la Resolución citada.
Pero hay que hacer hincapié que para el primer semestre del 2017, existían 40,109 contratos de pequeña y mediana escala, de los cuales 26,064 corresponden a personas físicas.
Y por otra parte, del total de la capacidad instalada, la mayoría corresponde a la energía solar y sobre todo de pequeña escala, lo cual demuestra el avance en la democratización energética y un dinamismo económico.
En el estado, de acuerdo a los datos de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) del 2016, se tenían un total de 948 contratos (la mayoría de pequeña escala) que generaban 4, 820 kw. A pesar de que no hay desabasto de energía en el estado y de acuerdo a las declaraciones del Coordinador Regional del Centro Nacional de Control de Energía, Fernando Barragán, existen 44 mil queretanos que carecen de electricidad, los cuales se distribuyen en, 11 mil en zonas urbanas y 33 mil en el medio rural. (El Universal,10/04/2018)
Lo que se traduce en una desigualdad energética en cuanto al acceso a la energía, a pesar de que Querétaro ocupa el decimonoveno lugar en producción de energía eléctrica en el país y el décimo en consumo, según informó el Secretario de Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro.
Y como un dato destacado, el Estado de Querétaro, es el único que en su legislación (Ley de Cambio Climático del Estado, 2018) en el Título Sexto, Del fomento y aprovechamiento sustentable de la energía, señala en la fracción IV. “La democracia energética, como expresión equitativa de la participación de todo ciudadano en el uso y generación de energía renovables; y agrega en el Artículo 52, “Se reconoce el principio de la democracia energética, que representa la responsabilidad compartida de la ciudadanía, instituciones, sectores productivos y poderes públicos, respecto a la utilización de la energía renovable como bien común, en la forma que mejor garantice el desarrollo justo, equitativo, colectivo y sustentable”
Pero aún quedan cuestiones pendientes, en cuanto a un programa estatal de energías limpias, el acceso a la información y su transparencia; la aplicación de la justicia energética; los mecanismos de control social (como el Testigo Social), el financiamiento (instrumentos económicos) y disposiciones regulatorias de carácter estatal.
Finalmente, hay que mencionar que en el estado existe un Fondo Ambiental, que cada año recaba, de la corresponsabilidad ambiental de cada automovilista, la suma entre 40 y 50 millones de pesos anuales, no obstante, hay una inequidad, ya que hay sectores como la industria que no asumen, ni internalizan costos ambientales, por lo que deberían también asumir dicha corresponsabilidad y con ello se incrementaría el Fondo. Pero por otra parte, dicho fondo ambiental debe orientarse al financiamiento de la transición energética, sobre todo para el sector residencial, el comercial y las Pymes, a manera de un Bono Solar, con lo cual también se lograría combatir la pobreza energética y generar un impacto social fuerte. Se tiene la experiencia del financiamiento con el fondo ambiental, para la conversión de taxis y autobuses a gas natural, por qué no, ahora con energía solar, se financia la generación distribuida limpia en estos sectores mencionados, que traería aparejado la creación de más empleos, la disminución de emisiones de carbono y la generación de mayor energía en el estado. ¿Habrán reflexionado los candidatos sobre este tema? hablando por cierto de democracia.
CITAS.
-Rifkin, J. (2012). The Third Industrial Revolution– How Lateral Power Is Transforming Energy, The Economy, and the World. World Future Review (World Future Society) (Vol. 4).
-Comisión Reguladora de Energía, 2017. Resolución Núm. RES/142/2017, de fecha 16 de febrero del 2017
-Ley de Cambio Climático del Estado de Querétaro. Periódico Oficial La Sombra de Arteaga, 2018