El Senado de la República aprobó el dictamen que expide la Ley General
para Armonizar y Homologar los Registros Públicos Inmobiliarios y de
Personas Morales y los Catastros, cuyo objetivo es determinar las
normas para obtener, administrar, procesar y utilizar la información
registral y catastral.
El proyecto de decreto, también busca brindar certeza jurídica de los
derechos de propiedad de los inmuebles y establecer los lineamientos
generales para la administración de una Plataforma Nacional de
Información Registral y Catastral que articule la información de la
propiedad privada, publica y social.
Se establecen las normas, bases y principios que armonicen y
homologuen la organización y el funcionamiento de los Registros
Públicos Inmobiliarios, de las Personas Morales y los Catastros en el
territorio nacional.
La Ley crea el Consejo Nacional de Armonización y Homologación
Registral y Catastral, que será el órgano de coordinación
interinstitucional y podrá emitir las normas y lineamientos para la
armonización, homologación e interoperabilidad de la organización y el
funcionamiento de los Registros Públicos Inmobiliarios y los
Catastros.
Las entidades federativas y municipios adoptarán e implementarán, en
el ámbito de sus respectivas competencias, las decisiones que
determine el Consejo.
Se instituye que los procesos registrales y catastrales podrán
solicitarse de manera presencial en las oficinas de los Registros
Públicos Inmobiliarios, mediante los medios electrónicos que dispongan
o a través de vía remota.
Además, se precisa, los propietarios o poseedores de un predio están
obligados a realizar el registro o actualización de éste en el
catastro.
Se mandata a las entidades federativas y a los municipios a diseñar
programas para la homologación y armonización de sus Registros
Públicos Inmobiliarios y Catastros, a efecto de permitir su
modernización y vinculación, de acuerdo a su disponibilidad
presupuestaria.
Al presentar el dictamen, la senadora Cristina Díaz Salazar,
presidenta de la Comisión de Gobernación, expuso que los registros
públicos de la propiedad y los catastros son herramientas
fundamentales para el funcionamiento del sistema económico mexicano,
pues contribuyen a brindar seguridad jurídica sobre los bienes
inmuebles y las personas morales o civiles.
La legisladora se pronunció a favor de esta legislación general que
homologa y moderniza los procedimientos de las funciones registrales y
catastrales, ya que ayudará a que el país tenga una mayor atracción de
inversión.
El senador Jorge Aréchiga Ávila, del PVEM, comentó que con esta Ley se
permitirá la obtención y ubicación de planos para el desahogo de
litigios vinculados con la propiedad inmobiliaria, da certeza y
velocidad a la entrega de información y ayudará a las autoridades
administrativas a determinar deslindes, servidumbres de paso o
fraccionamiento de inmuebles de manera más sencilla.
En contra, la senadora Pilar Ortega Martínez, del PAN, consideró que
la Ley contiene “ámbitos invasivos” a las entidades federativas, ya
que el Consejo generará criterios de actuación, donde los estados y
municipios estarán fuera.
Su compañero de bancada, el senador Juan Carlos Romero Hicks manifestó
su voto en contra porque no se tomó en cuenta en la Ley a los
notarios, quienes serán los actores más directos en este tipo de
trámites.
Los senadores Juan Carlos Romero Hicks y Mario Delgado Carrillo
hicieron reservas a los artículos 13, 56 y Tercero Transitorio del
proyecto. En tanto, la senadora Pilar Ortega Martínez propuso
modificaciones al artículo 13.
A su vez, las comisiones dictaminadoras propusieron modificar el
artículo 9, 56 y el Noveno Transitorio.
Posteriormente, se realizó la votación en lo general del dictamen, el
cual se aprobó con 75 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones.
En la discusión en lo particular, el Pleno respaldó la propuesta de
modificación del artículo 56 presentadas por Romero Hicks, Delgado
Carrillo y las comisiones dictaminadoras para establecer que la
Plataforma Nacional de Información Registral y Catastral privilegiará
que los datos públicos que se generen o administre por cualquier
medio, se pongan a disposición como datos abiertos en términos de la
legislación en materia de transparencia. Sin en que ningún caso su
aplicación contravenga los objetivos y finalidad de la Ley.
También, se aprobaron las reservas presentadas por las comisiones
dictaminadoras a los artículos 9 y Noveno Transitorio. En el primer
caso se agregó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público también
tendrá atribuciones en el apartado de armonización de facultades.
En el Noveno Transitorio se acordó establecer que, a partir de la
entrada en vigor de esta Ley, las entidades federativas contarán con
un plazo no mayor a los 90 días para adecuar sus leyes y ajustarlas al
contenido del nuevo ordenamiento.
El dictamen se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.