Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la prohibición de que los candidatos independientes en Michoacán realicen campañas coordinadas, compartan propaganda, imágenes, emblemas, propuestas, plataformas comunes o estrategias territoriales compartidas.
Candidaturas independientes, bajo la lupa
La Corte avaló el proyecto del Ministro Arístides Guerrero, quien señaló que la Constitución y la doctrina de la Suprema Corte reconoce las candidaturas independientes como una figura diferente a la del sistema de partidos, cuya regulación corresponde al legislador local.
Las reformas del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, publicada en mayo pasado, fue impugnada por Movimiento Ciudadano (MC) y se había sumado el Movimiento Independiente del Sombrero.
Apenas esta misma semana, la Alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz, viuda de Carlos Manzo, quien inició el Movimiento del Sombrero, acudió a la Corte para intentar lograr se diera freno a este “tope” a independientes.






