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Juez desecha el primer amparo contra la suspensión del examen de admisión en la UNAM

El amparo, interpuesta por una joven, iba en contra de la suspensión del examen de admisión a licenciatura de la UNAM

por López-Dóriga Digital
8 agosto, 2026
en México
Juez desecha el primer amparo contra la suspensión del examen de admisión en la UNAM
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Un juez desechó el primer juicio de amparo en contra de la suspensión del examen de admisión a licenciatura de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Fue Ulises Oswaldo Rivera González, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en materia Administrativa, quien desestimó el recurso judicial presentado por Brenda Haydde “N” el 4 de agosto, en contra de la decisión del rector Leonardo Lomelí Venegas.

Dicha decisión ocurrió en el marco de un criterio jurisprudencial emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en donde se detalla que las universidades públicas gozan de independencia para establecer los requisitos de ingreso, promoción y permanencia de una persona.

Juez desecha recurso contra decisión de la UNAM

“Visto el contenido de la demanda, este órgano jurisdiccional considera que, conforme a lo dispuesto en los artículos 113 y 5º, fracción II, de la Ley de Amparo, procede desecharla de plano, porque se advierte un motivo indudable y manifiesto de improcedencia, en tanto que sobre casos como éste existe criterio jurisprudencial temático de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el cual dejó establecido que las universidades públicas que gozan de independencia para determinar por sí solas los términos y condiciones en que desarrollarán los servicios educativos que presta, así como los requisitos de ingreso y promoción, y de permanencia de su personal”, se apuntó.

“De manera que actos como la denegación para admitir a una persona como alumno, por no haber aprobado el examen correspondiente, no constituye un acto de autoridad impugnable a través del juicio de amparo, pues los aspirantes únicamente tienen derecho a ser tomados en cuenta en la selección de ingreso, de acuerdo con los criterios, requisitos y lineamientos establecidos en la normatividad de la escuela respectiva, de manera que solamente puede considerarse como alumno al aspirante que, cumpliendo con los requisitos de ingreso establecidos por la normatividad aplicable, haya sido expresamente admitido y se encuentre inscrito en alguno de los programas académicos, siendo hasta entonces cuando se incorporan a su esfera jurídica el conjunto de derechos y obligaciones que lo ubican en esa específica situación jurídica”, destacó el juzgador.

Lo anterior significa que Brenda Haydde “N” todavía no es alumna de la UNAM, por lo que aún no posee los derechos para hacer el reclamo vía amparo.

La UNAM habilitó en la previa las citas con fechas, horarios y sedes en las que cerca de 59 mil aspirantes deberán repetir de manera presencial su examen de ingreso, tras las irregularidades detectadas en la primera prueba realizada completamente en línea y la polémica por posibles trampas con inteligencia artificial (IA).

Etiquetas: amparoexamen de admisiónlicenciaturaSuprema CorteUNAM

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