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La Infraestructura Verde de las Ciudades

Energía y Medio Ambiente

por Alejandro Angulo
14 julio, 2026
en Editoriales
De regreso en la Luna
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Ante la crisis ambiental, sobre todo climática, se plantea que la vegetación urbana y periurbana desempeñe funciones esenciales mucho más allá de su valor estético. Entre ellas destacan la regulación térmica durante las olas de calor, la mejora de la calidad del aire y la conservación de la biodiversidad.

Se ha sostenido que los espacios verdes también favorecen el bienestar físico y psicológico de la población, reduciendo algunos de los efectos asociados al estrés térmico y a la contaminación ambiental.

Por ello, se defiende que la planificación urbana incorpore la naturaleza como una infraestructura verde estratégica para construir ciudades más saludables y sostenibles.

Pero tal enfoque, contempla la vegetación, no sólo en las áreas públicas, sino también en la vivienda, pues los modelos que se han empleado en México, de vivienda popular, carecen de vegetación.

En esos términos, ahora la vegetación o sea la infraestructura verde de las ciudades, propone una mejor habitabilidad de las urbes para enfrentar la crisis climática, la pérdida de biodiversidad y la crisis hídrica.

La propuesta plantea modificar los estándares internacionales de ONU-Hábitat, ya que se sostiene que, integrar la naturaleza permitirá mejorar el confort térmico, proteger la biodiversidad, reforzar la accesibilidad universal y aumentar la capacidad de respuesta ante fenómenos climáticos extremos y desastres naturales.

Hasta el momento ONU-Habitat o la Nueva Agenda Urbana, sólo establece que una vivienda adecuada (elemento central de su mandato) debe cumplir con 7 características: seguridad de la tenencia, disponibilidad de servicios, asequibilidad, habitabilidad, accesibilidad, ubicación y adecuación cultural. Pero faltaría, y es lo que se propone, que sea un octavo elemento, la integración de la naturaleza.

Lo anterior, se relaciona con el Derecho a la Ciudad que es el derecho de todos los habitantes a habitar, utilizar, ocupar, producir, transformar, gobernar y disfrutar ciudades, pueblos y asentamientos urbanos justos, inclusivos, seguros, sostenibles y democráticos, definidos como bienes comunes para una vida digna

Ya que el derecho a la ciudad incluye de manera fundamental a la naturaleza.

Y Según las directrices de la Plataforma Global por el Derecho a la Ciudad y ONU-Habitat, las ciudades habitables y democráticas exigen proteger la biodiversidad y los ecosistemas. Esto garantiza un entorno urbano sostenible y equitativo.

Dicho derecho socioambiental trasciende el acceso a parques; pues implica el derecho de la ciudadanía a habitar un ambiente sano y la necesidad de una renaturalización justa que mitigue el cambio climático.

En México, la herramienta principal es la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU), la cual establece en su Artículo 4° los principios rectores que deben seguir las ciudades mexicanas, entre los principios se encuentra el siguiente:

Sustentabilidad Ambiental: Exige que las ciudades promuevan el uso racional del agua, los recursos naturales, la energía y, crucialmente, la preservación de las áreas verdes urbanas.

Por su parte, en Querétaro, el Derecho a la Ciudad está contemplado en El Código Urbano del Estado de Querétaro. Y cabe mencionar que Querétaro fue de los primeros estados en integrar sus normativas de vivienda, ecología urbana y construcción en un solo cuerpo legal. En sus reformas alineadas con la legislación federal, el Código Urbano de Querétaro establece textualmente en su Artículo 3° que:

«Todas las personas residentes en el Estado de Querétaro tienen derecho al disfrute de ciudades sustentables, justas, democráticas, seguras y equitativas, para el ejercicio pleno de sus derechos humanos… y ambientales»

La infraestructura verde, esta considerada en el Código Urbano del Estado de Querétaro, y en el  Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro,ya que en las zonas destinadas a estacionamientos públicos o comerciales dentro de los fraccionamientos deben incluir obligatoriamente cubiertas permeables, vegetación y al menos un árbol por cada 3 cajones de automóviles.

Y de acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo 2024-2027, las áreas verdes tienen una extensión de 8,236,141.9 m², sin tomar en cuenta, las áreas verdes de las viviendas y desarrollos habitacionales. Siendo la Delegación de Sta. Rosa Jáuregui la que cuenta con mayor superficie de áreas verdes.

Finalmente a guisa de recordatorio, diremos que la infraestructura verde consiste en una red planificada de espacios naturales y seminaturales (como parques, bosques urbanos, humedales, techos verdes y jardines) diseñada para ofrecer beneficios ambientales, sociales y económicos. Y funciona como una solución basada en la naturaleza para mejorar la calidad de vida y proteger el entorno. Y tiene como elementos naturales (p. ej., bosques, praderas, elementos de vegetación lineal, árboles individuales, ríos, estanques) y elementos artificiales (p. ej., túneles de fauna y pasos de peces) que permiten la conectividad estructural y funcional de las especies y los hábitats.

Además tiene como beneficios los siguientes:

–Desarrollo físico. El contacto con la naturaleza ofrece a la infancia muchas oportunidades para el desarrollo y el movimiento.

–Desarrollo mental y psicológico.

-Desarrollo social.

-Beneficios para la ciudad.

-Materiales.

En conclusión, la infraestructura verde, es crucial para la habitabilidad y el futuro de las ciudades, y por ello, hay que integrar en la planeación urbana a la naturaleza, tanto en los espacios públicos como en las viviendas.

Etiquetas: contaminacióncrisis ambientaInfraestructura Verdemedio ambiente

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