El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Querétaro confirmó que se han realizado dos procedimientos de interrupción legal del embarazo (ILE) en la entidad, siempre bajo indicación médica y conforme a la normativa federal vigente.
El subdelegado médico del ISSSTE en Querétaro, Ramón Rivera Ruiz explicó que la práctica se enmarca dentro de dos posibles escenarios: por causas médicas y por deseo voluntario de la paciente. Sin embargo, precisó que en el estado de Querétaro únicamente está regulado el primero.
“La interrupción legal del embarazo va a tener indicaciones. Una es la indicación médica y otra es por deseo voluntario de la paciente. En este sentido, falta la legislatura local que regule esta parte (…) pero en las interrupciones legales por una indicación médica, ya se pueden realizar y se han realizado”, señaló.
De acuerdo con los registros locales, en lo que va del año se han practicado dos interrupciones bajo este criterio.
“Más o menos, en lo que va del año van como unos dos o tres, pero ojo, a todos se le llama interrupción legal del embarazo. La indicación médica sí está regulada y eso se puede realizar”, detalló la autoridad médica.
Explicó que las causales médicas que justifican el procedimiento incluyen malformaciones, embarazos anembrionicos y complicaciones que impidan la continuidad del embarazo.
“Pueden ser malformaciones, embarazos anembrionicos, alguna situación que no vaya bien con el embarazo, eso realmente es interrupción legal”, explicó el funcionario.
En relación con los amparos promovidos por asociaciones civiles para que mujeres puedan acceder a estos servicios por voluntad propia, Rivera Ruíz aclaró que son resoluciones con efectos individuales.
“Recordemos que los amparos únicamente protegen al promovente del amparo, no es un tema generalizado (…) es una protección de manera individual para el quejoso ante los tribunales”, indicaron.
También subrayó que aplica lo establecido en la Norma Oficial Mexicana 046, que regula la atención a la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, y que contempla la interrupción del embarazo en determinados casos.
“Sí aplicamos la NOM-046 (…) la norma sí, la única situación es la ley en el estado, que es lo que por deseo propio de la sociedad todavía no está autorizado o no está avalado”, puntualizó.
En este contexto, el subdelegado destacó que mientras el marco jurídico estatal no contemple la interrupción voluntaria del embarazo, el ISSSTE Querétaro sólo podrá realizar los procedimientos cuando exista una indicación médica. La institución reiteró que los casos practicados hasta ahora han respondido a diagnósticos clínicos que ponían en riesgo la viabilidad del embarazo.
Finalmente, precisó que este tema seguirá sujeto tanto a los avances de la legislación local como a la coordinación jurídica que corresponda en cada caso.








