De los mil 800 casos que hay en los 12 juzgados familiares del estado de Querétaro, hay un aproximado del 30 al 35 por ciento que corresponden a menores pendientes de recibir pensión; así lo estima el Poder Judicial del estado de Querétaro, de acuerdo con la implementación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).
El consejero jurídico del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), César Israel Soto Campos, recalcó que esta cifra es sólo un aproximado y que se realizan depósitos anuales de 534 millones de pesos por pensiones. Asimismo, declaró que, hasta la fecha, hay 15 registros de deudores alimentarios en el estado.
“No se tiene como tal una estadística porque eso ya es de cada uno de los juzgados (según su suscripción al RNOA); pero, precisamente, este registro nos va a ayudar a tener un mejor control de cómo se está llevando a cabo”, comentó.
Braulio Guerra Urbiola, magistrado presidente del TSJ, destacó que con el RNOA se prioriza, por encima de todo, el Interior Superior de las Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar que se tenga acceso a sus derechos alimentarios: vestido, alimentación, educación. Además, comparó el certificado de no deudor alimentario con la carta de antecedentes penales, pues es definitivo para acceder a la candidatura de un cargo de elección popular.
Para solicitar el registro de una persona deudora morosa, es necesario realizar los siguientes pasos. Primero, informar del incumplimiento de pensión alimenticia provisional o definitiva al Juzgado donde se lleva a cabo el juicio familiar. Después, la autoridad jurisdiccional revisará el incumplimiento y determinará un plazo para el cumplimiento de esta obligación. Si este plazo se vence y el obligado alimentario no cumple ni acredita su cumplimiento al 100 por ciento, se procederá con la inscripción en el RNOA. Este Certificado RNOA podrá solicitarse y consultarse gratuitamente en la plataforma www.rnoa.dif.gob.mx.
Si el obligado alimentario cumple con la totalidad de sus obligaciones, podrá solicitarse la modificación del estatus de “moroso” a “no moroso”.