En la Suprema Corte de Justicia de la Nación se desestimó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que proponía invalidar algunas disposiciones de la reforma al Poder Judicial, al determinar los ministros que es necesaria una mayoría calificada de ocho votos.
El proyecto sostiene que la SCJN está facultada para resolver acciones en las que se impugne la constitucionalidad de normas generales, contenidas en la reforma judicial.
Por lo tanto, la Corte está facultada para conocer de la acción en la que se plantea la inconstitucionalidad del decreto impugnado”, refiere.
Pero en la discusión del mismo, el ministro Alberto Pérez Dayán refirió que es improcedente y “una insensatez” promover una acción de inconstitucionalidad contra la reforma.
De esta forma anticipó su voto en contra del proyecto, sumándose así a las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres.
Al medio día, tras más de dos horas de discusión, el Pleno de la Suprema Corte avaló la legitimación de los partidos políticos para impugnar la reforma al Poder Judicial con 8 votos a favor y 3 en contra.
Por la tarde el ministro Alberto Pérez Dayán se manifestó por no estar a favor del proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, por invalidar una reforma constitucional a través de una acción de inconstitucionalidad.
En la discusión del mismo, el ministro Alberto Pérez Dayán refirió que es improcedente y “una insensatez” promover una acción de inconstitucionalidad contra la reforma.
Pérez Dayán explicó que los partidos políticos y legisladores que presentaron acciones de inconstitucionalidad, el PAN, PRI y MC, cuentan con facultades para promover las acciones de inconstitucionalidad, pero es improcedente, y conduce a sobreseer el asunto.
“Por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez”, afirmó.
Con ello, la Reforma Judicial aprobada por el Poder Legislativo y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tiene la vía libre para su aplicación. Es decir, la elección de jueces, magistrados y ministros se llevará a cabo tal y como se establece en la Constitución.
El proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá proponía eliminar de la reforma la elección por voto popular de jueces y magistrados de Distrito, en tanto que se mantendrá la de ministros de la SCJN y la de magistrados electorales.