El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se perfila a avalar la mayoría calificada de Morena y aliados en la Cámara de Diputados.
El Magistrado Felipe de la Mata propondrá a la Sala Superior confirmar el acuerdo de asignación de plurinominales, aprobado por el INE el viernes pasado.
“Se confirma el acuerdo con Consejo General del INE por el cual asignó las diputaciones federales de representación proporcional”, establece la propuesta.
Según el proyecto, que ya circula en la Sala Superior, se declaran infundados los agravios que expusieron el PAN, Movimiento Ciudadano, PRI y legisladores.
“Esos planteamientos resultan inoperantes, precisamente porque esta Sala Superior ha concluido que el Consejo General del INE desarrolló la fórmula de conformidad con lo previsto en la Constitución, sin que sea jurídicamente posible una interpretación diferente”, indica el Magistrado De la Mata.
En sus impugnaciones, los inconformes afirman que el Consejo General del INE aplicó de manera incorrecta la sobrerrepresentación del 8 por ciento, provocando distorsiones excesivas.
“Conceder la razón a los actores implicaría insertar una regla que nunca se ha aplicado en franca vulneración al principio de seguridad jurídica”, argumenta.
La Suprema Corte admitió el viernes pasado un recurso del PAN en el que reclama una contradicción de criterios, pues sostiene que debe prevalecer la jurisprudencia fijada en 1998, según la cual el tope a la sobrerrepresentación aplica tanto a partidos como a coaliciones.
El TEPJF, sin embargo, ha sostenido desde 2018 que el tope sólo es para partidos, criterio que aplicó el INE el viernes pasado cuando asignó a Morena y sus aliados 364 de las 500 diputaciones federales.
Ayer, el Ministro Juan Luis González Alcántara, quien deberá resolver este expediente, aseguró que cualquier criterio de la Corte no será retroactivo y no podría afectar el proceso electoral en curso.
Además, dijo el Ministro, cualquier resolutivo de la Corte no podría reemplazar las decisiones que tome la Sala Superior del TEPJF sobre asignación de diputados y senadores.
Otro de los argumentos centrales de la oposición para revertir la mayoría calificada fue que las minorías estaban subrepresentadas, pues el PRI, PAN, PRD y MC obtuvieron en conjunto 41.5 por ciento de la votación, y se les quiere dar 25 por ciento de la Cámara, lo que vulnera el principio de “pluralidad política”.
Sin embargo, el magistrado les aclara que México tiene un sistema electoral mixto, preponderantemente mayoritario, y no refleja una representación exacta a votos.
“El argumento parte de nueva cuenta de una premisa errónea al verificar subrepresentación por coalición y no por partido en lo individual”, indica.
Incluso, les recuerda que hasta 2008 partido y coalición eran considerados lo mismo, pero en la reforma electoral de ese año se anuló.
En la queja sobre la “devaluación del voto emitido para la oposición”, es decir, que el sufragio de Morena, PVEM y PT valió más que el del resto de los partidos, el juez insiste en que así lo establece la norma mexicana.
“El sistema de elección de diputaciones es mixto y, por tanto, puede existir distorsión, pero se encuentra sujeta a límites constitucionales.
“Ni la Constitución ni la ley electoral obligan a que el peso del voto sea el mismo.
Precisamente porque los sistemas mixtos permiten diferencias en atención al sistema predominantemente mayoritario”, argumenta.
Sobre la denuncia de que el PVEM y el PT ganaron diputaciones con votos de Morena, sin que ello fuera tomado en cuenta en la asignación, también les advierte que es infundado porque el INE sí lo consideró.
En total, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se presentaron 5 mil 317 recursos en un intento de echar abajo la sobrerrepresentación; sin embargo, la mayoría de ellos fueron desechados, y muy pocos se distribuyeron entre los cinco magistrados.
Hoy miércoles, los integrantes de la Sala Superior deberán resolver.
En su proyecto, De la Mata resume las cuatro impugnaciones que le tocaron a él, todas ellas sobre la Cámara de Diputados. También echa abajo el argumento de la Oposición de que al estar subrepresentados se vulnera su derecho a interponer controversias constitucionales, pues resuelva que eso no es materia de la impugnación, sino una “consecuencia”.
Los partidos aseguraron al TEPJF que el INE fue incongruente en aplicar la ley por coalición en algunos apartados y en otros no quiso. Por ejemplo, insistió en que la Constitución establece que un partido es beneficiario de las plurinominales si postula a 200 candidatos, pero así lo hizo sólo MC.
Sin embargo, el magistrado les responde que la coalición Morena, PVEM y PT postularon en 260 distritos, y ese número es igual en lo individual, por lo que no tienen razón.
“Es infundado el planteamiento, porque parte de una premisa equivocada al suponer que las reglas en cómo participa una coalición y los partidos políticos en lo individual son análogas o similares, cuando no es así”, agrega.