La Presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Norma Piña, admitió a trámite un intento de última hora del PAN para revertir la mayoría calificada de Morena y sus aliados en la Cámara de Diputados.
La Ministra Piña notificó el lunes la admisión de una contradicción de criterios entre la propia Corte y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La contradicción fue denunciada por el líder nacional del PAN, Marko Cortés, y el expediente fue turnado al Ministro Juan Luis González Alcántara para que elabore el proyecto respectivo.
La jurisprudencia que llegue a dictar el Pleno de la Corte sería obligatoria para el TEPJF, pero para que afecte la integración de la Cámara que está por ser aprobada, tendría que ser emitida a más tardar en la sesión del próximo jueves del Pleno del Máximo Tribunal.
La materia electoral es prioritaria sobre cualquier otra que atiende la Corte, que no estaría resolviendo cómo deben asignarse las diputaciones de la elección pasada -pues no tiene facultades para ello- sino fijando el criterio con el que tendría que resolver el TEPJF.
Según la denuncia, en 1998 la Corte sostuvo que la representación proporcional busca evitar un alto grado de sobrerrepresentación de los partidos dominantes, y que dicho principio es aplicable tanto a partidos como a coaliciones.
El TEPJF ha sostenido desde 2018, ya en su actual integración, que el tope de sobrerrepresentación solo aplica a partidos, no a coaliciones, al confirmar que la coalición “Juntos Haremos Historia” tenía derecho a 60 por ciento de los diputados con solo 45 por ciento de los votos.
Al admitir la contradicción, Piña advirtió que el criterio del TEPJF “deja de lado lo sostenido con fuerza jurisprudencial por el Pleno de este Alto Tribunal en cuanto al alcance del principio de representación proporcional”.
La Ministra también recordó que, dede 2002, la Corte estableció que las contradicciones con el TEPJF son improcedentes cuando ya exista jurisprudencia del Alto Tribunal que resuelve el tema.
Sin embargo, las contradicciones de criterios por regla general no pueden ser desechadas por la Presidencia de la Corte, de ahí que se turnó el expediente a González Alcántara.