Las personas físicas podrán pagar los impuestos correspondientes a la Declaración Anual 2023 en hasta seis parcialidades.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el beneficio aplicará únicamente si el contribuyente presenta su declaración y paga la primera parcialidad a más tardar el 30 de abril.
Asimismo, se deben tomar en cuenta los siguientes factores:
Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas. Existe la opción de pagos anticipados.
En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre, incluyendo en su caso, los recargos.
La Declaración Anual 2023 debe presentarse, a más tardar el 30 de abril, por las personas físicas bajo los siguientes regímenes fiscales:
Sueldos y salarios.
Servicios profesionales.
Actividades empresariales.
Arrendamiento de bienes inmuebles.
Enajenación o adquisición de bienes.
Intereses o dividendos.
Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
Para presentarla se debe contar con RFC, contraseña o e.firma