Publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las reformas establecen lineamientos para las empresas que tengan trabajadores del campo, con la excepción de aquellos que participan en algún proceso industrial o realicen actividades de empaque.
Entre los lineamientos destacan el entregar un contrato por escrito, llevar un padrón de los trabajadores del campo temporales para registrar la acumulación de tiempo contratado, establecer antigüedad y calcular las prestaciones que correspondan.
Se mantienen obligaciones ya establecidas como proporcionar gratuitamente vivienda, guarderías y servicios de salud y se amplían disposiciones para extender servicios educativos conforme normas inscritas en la Ley General de Educación.
También se norma proporcionar alimentación a trabajadores, sin aclarar que sea de manera gratuita.
En caso de que incumplan con las nuevas disposiciones, las empresas pagarán multas de 250 a 2 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Diego García, abogado laboral, consideró que los cambios más relevantes consisten precisamente en la cuantía de las multas, el detalle en todo el apartado de seguridad social y aspectos como prohibición de trabajo infantil que no estaban previstos en la versión anterior de la Ley.
La Secretaría del Trabajo intensificará las inspecciones en estas empresas.
Las compañías de menor tamaño serán las más afectadas por no poder cumplir con las nuevas disposiciones, coincidió Aldo Mares, vicepresidente de Bienestar Laboral del CNA.