La pensión por invalidez es un apoyo económico que se otorga a las personas que, debido a una enfermedad o accidente no laboral, se encuentran imposibilitadas para trabajar y obtener un salario superior al 50% de lo que ganaban en su último año de trabajo.
Este tipo de pensión se convierte en un retiro total de Afore por invalidez, pues la pensión comienza a partir de realizar los trámites.
Puede ser provisional, renovándose conforme al dictamen médico, o definitiva, de acuerdo con lo que se indique en la dependencia pública del IMSS a donde se acuda.
Tipos de pensión por invalidez y requisitos generales
Existen dos regímenes bajo los cuales se puede solicitar la pensión por invalidez:
Régimen de la Ley del Seguro Social 1973: Para solicitar la pensión bajo este régimen, debes haber cotizado antes del 1 de julio de 1997 y tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 150 semanas de cotización. Además, tienes que estar dentro del período de conservación de derechos, que es igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contándose a partir de la fecha de tu baja.
Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: Bajo este régimen, si sólo cotizaste después del 1 de julio de 1997, debes tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 250 semanas de cotización. Sin embargo, si el dictamen médico determina una valuación de 75% o más, sólo requerirás tener acreditadas 150 semanas de cotización. Al igual que en el régimen anterior, tienes que estar dentro del período de conservación de derechos.
Requisitos específicos
Para iniciar el trámite de la pensión por invalidez, es necesario acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana.
Te van a solicitar lo siguiente
- Estar dentro del período de conservación de derechos
- Tener 150 semanas cotizadas si te diste de alta antes de 1997 y si fue después de esa fecha, tener 250 semanas cotizadas
- Tener un dictamen de invalidez ST-4, expedido por los servicios médicos institucionales, donde se especifique el estado de invalidez.
La documentación que se debe presentar incluye: (1-5), , 7 14 y 32
- Identificación oficial con fotografía y firma vigente (INE, credencial ADIMSS, cédula profesional, pasaporte, cartilla u otros.
- Documento emitido por el IMSS, INFONAVIT o Afore donde aparezca el nombre y Número de Seguro Social del asegurado o pensionado.
- Comprobante de domicilio con fecha menor a 3 meses (INE, boleta predial, recibo de teléfono, agua, luz o gas)
- CURP en copia simple o impresión
- Estado de cuenta de tu cuenta individual Afore de menos de 6 meses de antigüedad
- RFC con homoclave a 13 posiciones (esta viene en la cédula de identificación fiscal, comprobante de pago de salario, estado de cuenta individual de Afore, factura fiscal donde aparezca tu RFC u otros).
- Estado de cuenta o documento que tenga tu número de cuenta y CLABE, para recibir el pago de pensión
- Copia certificada del acta de nacimiento (hecha por el registro civil, representaciones consulares o gobierno extranjero)
- Solicitud de pensión (llenada por el personal del IMSS)
- Dictamen de invalidez ST-4, proporcionado por los servicios médicos
¿Sólo se lo dan al asegurado?
No, en realidad también pueden darle una ayuda a los familiares más cercanos. En el caso específico y con un documento que acredite esta cercanía, se le otorga también una ayuda representativa a:
- Esposa
- Concubina
- Hijo menor hasta los 16 años
- Hijo de 16 a 25 años, estudiante, acreditando sus estudios vigentes
- Hijo mayor de 16 años, incapacitado (por enfermedad crónica, defecto físico o psíquico permanente y acredita por los médicos del IMSS con el documento ST-6 Dictamen de beneficiario incapacitado)
- Se debe acreditar su parentesco y dependencia económica, además de no existir esposa, concubina o hijos del asegurado.
¿Cuánto dinero te dan y en cuánto tiempo?
El monto de la pensión por invalidez depende de las cotizaciones que hayas alcanzado a realizar durante tu vida laboral.
Una vez que hayas presentado la solicitud y se hayan cumplido todos los requisitos, el IMSS tiene un plazo de 90 días para resolverla.
Recuerda, la pensión por invalidez es un derecho que tienes como trabajador. Si te encuentras en una situación de invalidez, no dudes en solicitarla.