El Gobierno federal expropió 198 terrenos privados de la Riviera Maya, en Quintana Roo, para construir uno de los tramos del Tren Maya.
Se trata de 2 millones 410 mil 107.7 metros cuadrados comprendidos en los municipios de Benito Juárez (Cancún), Solidaridad y Puerto Morelos.
Los terrenos se ubican en el Tramo 5 Norte del Tren, que va de Cancún a Playa del Carmen, y cuya construcción estará a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano expropió dichos terrenos bajo la causal de “utilidad pública” para el desarrollo del proyecto del Tren.
“Se declara de utilidad pública el desarrollo del Proyecto Tren Maya, en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad y Puerto Morelos, en el Estado de Quintana Roo, que se materializará en la construcción de obras de infraestructura pública sobre los inmuebles que suman una superficie de 2’410,107.72 metros cuadrados”, indica.
“Comprendidos por todos y cada uno de los predios detallados en los Considerandos de la presente Declaratoria, requeridos para la construcción de dicha obra de infraestructura pública”.
Este tramo de las expropiaciones es distinto al que sufrió recientemente una modificación de trazo, ya que aquel es el 5 Sur, que va de Playa del Carmen a Tulum.
Para este último, la Federación ha dicho que comprará -a hoteleros y comuneros- los terrenos para el nuevo derecho de vía, por un monto que rondará los mil millones de pesos.
La declaratoria, publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación, señala que los planos topográficos quedan a disposición de todas aquellas personas físicas o morales que acrediten y justifiquen un derecho o interés jurídico de los terrenos a expropiar.
“Los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación, o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes para acreditar su derecho”, indica.
“Procédase a la ocupación inmediata de los predios involucrados, previo convenio con los dueños de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación”.
Dicha expropiación deriva del oficio número UAJ-SRI/27636, fechado el 8 de enero del año en curso, en el que la Sedena solicitó a la Sedatu que, en el ámbito de sus funciones, competencias y en términos de las disposiciones aplicables vigentes, lleve a cabo “las acciones que resulten necesarias” para la adquisición de aquellos