Celebraron activistas del Frente Queretano por el Derecho a la No Discriminación y el Estado Laico la resolución del Juzgado Sexto de Amparos y Juicios Federales, que obligará a la LIX Legislatura de Querétaro a dar proceso legislativo a la iniciativa que busca la legalización de los matrimonios entre personas del mismo sexo.
El vocero del frente, Walter López, manifestó que con esto, se terminará con el “Apartheid matrimonial” queretano, pues la iniciativa lleva ya dos años en la “congeladora”; y al menos tres legislaturas que han sido omisas a discutir el tema.
“Todos los esfuerzos que han hecho la sociedad civil, organizaciones LGBT queretanas, junto con nuestras aliades feministas, de la sociedad civil; recordar que el matrimonio igualitario lo aprueba el 63 por ciento de la población queretana del estado y 67 por ciento de la población del municipio de Querétaro”, señaló.
De esta manera, el documento establece que el presidente de la mesa directiva de la legislatura deberá emitir un acuerdo, a través del cual inste a la comisión de administración y procuración de justicia, a fin de que en un plazo breve cumpla con su obligación de dictaminar la “iniciativa que reforma al código civil del estado de querétaro, que reconfigura el matrimonio concubinato y adopción de parejas del mismo sexo”.
Esta resolución no solo comprende la elaboración del dictamen, sino además que este sea votado en sesión de comisión, ya sea aprobado o rechazado el dictamen, a fin de continuar las siguientes etapas del proceso legislativo, discusión y votación ante el pleno de la legislatura.
Asimismo, se obliga a la Mesa Directiva a vigilar que se concluya el proceso legislativo de esa iniciativa de reforma en comisiones, mediante el ingreso del dictamen a la oficialía de partes, a efecto de que sea considerado por la mesa directiva para su inclusión en la sesión de pleno que determine.
Se puntualiza que, la orden de la emisión del dictamen no implica que deba ser elaborado y aprobado en determinado sentido; ya que ello, corresponde a una facultad de apreciación y deliberación exclusiva de los integrantes de la comisión de administración y procuración de justicia de legislatura, tanto al momento de elaborar el dictamen como al momento de ser votado.