TEMPORAL
Historia de la Constitución Mexicana
A cien años de promulgación de la Constitución de 1917 recordemos que la Constitución o Carta Magna es la ley fundamental de un Estado soberano que establece los derechos y obligaciones de los ciudadanos y gobernantes. Es la norma jurídica suprema y ninguna ley o precepto puede estar sobre ella. Es la expresión de la soberanía del pueblo y es obra de la Asamblea o Congreso Constituyente.
Desde el 27 de septiembre de 1821, nuestro país es libre e independiente de cualquier otra nación y rige su propio destino, conforme a las diversas constituciones que ha tenido a lo largo de su historia. México ha tenido constituciones centralistas, que establecían el poder en un solo órgano que controlaba todas las decisiones políticas del país y ha tenido constituciones federalistas, como la que nos rige, constituciones que reconocen la soberanía de cada uno de sus estados, los que tienen su propia constitución. La constitución cuenta con mecanismos de coordinación para tratar los asuntos de la República Mexicana en su conjunto como un todo.
El 30 de julio de 1811, José María Morelos hizo un llamado desde Acapulco para crear en el mes de septiembre un Congreso Constituyente en la ciudad de Chilpancingo, con el propósito de crear un gobierno independiente de la América Mexicana. El 14 de septiembre de 1813 se instaló en Chilpancingo el llamado Supremo Congreso Mexicano, presentando Morelos a la Asamblea el documento que llamó Sentimientos de la Nación, en el cual declaraba la independencia total de la América Mexicana y establecía un gobierno popular representativo con división de poderes, prohibía la esclavitud y la división de la población en castas. El 6 de noviembre de 1813, el Supremo Congreso Mexicano firmó el primer documento oficial de declaración de independencia conocido como el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional. El 22 de octubre de 1814, el Congreso de Chilpancingo reunidos en la ciudad de Apatzingán promulgó la Constitución de Apatzingán, conocida como Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, Constitución que recogía algunos principios políticos y aspiraciones de independencia de los “Sentimientos de la Nación”, válida para las fuerzas insurgentes y los territorios controlados por los insurgentes durante la guerra de la Independencia, que consideraban a las provincias de la América Mexicana: México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
La Constitución de Apatzingán consideraba el Gobierno Supremo compuesto por tres personas con igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cuatro meses, ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos. Su autoridad además de ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: La libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. Esta constitución nunca tuvo validez ni fue aplicada porque amenazaba los intereses de los españoles que aún dominaban al país, y porque su inspirador, José María Morelos y Pavón, fue capturado y fusilado el 22 de diciembre de 1815, tomando las tropas realistas el control de prácticamente todo el país.
Al levantamiento de las Cortes españolas por la usurpación de la corona por Napoleón Bonaparte que impuso a su hermano José como Rey de España, las Cortes elaboraron la Constitución Política de la Monarquía Española o Constitución de Cádiz, que rigió en España y en sus colonias como la Nueva España por dos periodos: de septiembre de 1812 a septiembre de 1813, y de mayo de 1820 a febrero de 1822. En su elaboración participaron 15 diputados de la Nueva España, entre ellos José Miguel Ramos Arizpe y José Miguel Guridi y Alcocer, quienes serían Constituyentes del México independiente en 1824.
El 24 de febrero de 1821, Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu militar del ejército realista que se opuso a la ideología e implementación de la Constitución de Cádiz y que pactó con las fuerzas insurgentes, proclamó el Plan de Iguala que declaraba la independencia de Nueva España, proponiendo un régimen monárquico moderado constitucional cuyo trono se ofrecía a Fernando VII de España o a alguno de sus hermanos, así como la exclusividad de la religión católica «sin tolerancia de otra alguna», Plan que sostenía conformar el Ejército Trigarante (religión, independencia y unión) reuniendo a las tropas de Iturbide y de los insurgentes, al que se unirían la mayoría de las demás guarniciones realistas del país.
El 3 de agosto de 1921, desembarcó en San Juan de Ulúa el general Juan O’Donojú, recién nombrado Capitán general y Gefe político superior de Nueva España, a quien le informó el brigadier José García Dávila, que a excepción de la Ciudad de México, Veracruz, Durango, Chihuahua, Acapulco y la Fortaleza de San Carlos de Perote toda la Nueva España había sido liberada del dominio español. O´Donojú ordenó cesar las hostilidades y envió dos emisarios con cartas dirigidas a Agustín de Iturbide, Primer jefe del Ejército Trigarante, para celebrar una reunión en la que se discutiese la independencia sin romper los vínculos que unieron a los dos continentes.
El día 24 de agosto de 1821, después de escuchar misa, Juan de O’Donojú y Agustín de Iturbide, primer Gefe del Ejercito Méjicano de las tres Garantía, firmaron los Tratados de Córdoba para formar la nueva Nación independiente que se reconocería como Imperio Mejicano, poniendo fin a los conflictos, logrando consumar la independencia del país el 27 de septiembre de 1821, instalándose el primer Congreso Constituyente en febrero de 1822, proclamando el 21 de mayo de 1822 a Agustín de Iturbide como Emperador de México, ungido como Agustín I el 21 de julio, su mandato enfrentó la oposición del Congreso, al que terminó por disolver, aumentando con ello una creciente impopularidad. Ante la posibilidad de ser despojado del trono debido a la inestabilidad política que provocó su autoritarismo, Iturbide lo reinstaló en marzo de 1823, declarando el Congreso la nulidad de su coronación. En diciembre de 1822, Antonio López de Santa Anna y Guadalupe Victoria encabezaron un levantamiento en contra de Iturbide, que terminó por derrocarlo al 19 de marzo de 1823 siendo enviarlo al exilio. Un año después regresó al país desembarcando en Soto la Marina, Tamaulipas, donde fue aprehendido y fusilado el 19 de julio de 1824 en Padilla, Tamaulipas.
En enero de 1824 un nuevo Congreso estableció el Acta Constitutiva de la Federación, que instituía el sistema federal. Dos meses después inició el debate que llevó a la promulgación de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, el 3 de octubre de 1824, constituyendo una república representativa popular federal dando vida al federalismo y a la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, estableciendo un Congreso integrado por las cámaras de Diputados y Senadores, disponiendo que la soberanía reside esencialmente en la nación, que la religión católica es la única oficialmente autorizada, otorga la libertad de escribir y publicar ideas políticas sin censura previa, deposita el Poder Ejecutivo en una sola persona, instituye la Vicepresidencia y es la primera Constitución que tuvo vigencia real que marcó los primeros pasos sólidos en la vida del Supremo Tribunal Mexicano, iniciando una línea estructurada en la vida político-jurídico de México, que siguió de pie en su lucha por la libertad y la justicia, a pesar de que el país tuvo múltiples vejaciones, traiciones y usurpaciones de poder.
La primera constitución propiamente mexicana es la de 1824, ya que en ella se descarta todo tipo de legislación extranjera y se proclama el ejercicio absoluto de la soberanía y la autodeterminación. Tiene como antecedentes fundamentales la Constitución Política de la Monarquía Española o Constitución de Cádiz de 1812, los “sentimientos de la Nación”, de José María Morelos, y el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, o Constitución de Apatzingán de 1814.
Las leyes fundamentales emanadas de un Congreso Constituyente en México son el Acta constitutiva de la Federación y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824. Las Siete Leyes Constitucionales de 1835-1836. Las Bases orgánicas de la República Mexicana de 1843. El Acta constitutiva y de Reformas de 1847. La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.
En enero de 1835, siendo Presidente de México por segunda ocasión Antonio López de Santa Anna, el Congreso, de mayoría conservadora centralista, inició la elaboración de las Bases para una nueva Constitución, conocida como Las Siete Leyes Constitucionales, que pondría fin al sistema federal. La primera ley se promulgó el diciembre de 1835, la segunda en abril de 1836 y las cinco restantes en diciembre de 1836. Con este ordenamiento se dividía al país en departamentos, éstos en distritos y los distritos en partidos. Entre otras disposiciones, fijó el periodo presidencial en ocho años y estableció un Supremo Poder Conservador, sólo responsable ante Dios, con atribuciones para declarar nulidad de una ley o decreto, la incapacidad física o moral del presidente de la República, y la clausura del Congreso.
Las revueltas internas entre federalistas del Partido Liberal y centralistas del Partido Conservador no cesaron. El país se sacudió con la separación de Guatemala, Belice, el Salvador y Nicaragua, con la negación de la división del estado Coahuila-Texas que culminó con la separación de Texas el 2 de Marzo de 1837, con el intento de Yucatán para proclamar su independencia en 1840 y con la amenaza de invasión extranjera. El descontento popular por las arbitrariedades de Santa Anna y la posibilidad de que estableciera una monarquía constitucional, dio origen en abril de 1842 para que el congreso formulara un proyecto para una nueva Constitución, proponiendo el diputado Mariano Otero un gobierno republicano, representativo, popular y federal, con un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos y la disolución del Congreso. El Nuevo Congreso votó en junio de 1843 una nueva Carta Magna, llamada Bases Orgánicas de la República Mexicana, que estuvieron vigentes tres años, reiterando la independencia del país, la organización política en República Centralista, restringiendo la libertad de imprenta, ratificando que el país protegía y profesaba la religión católica, instaurando la pena de muerte y suprimiendo al Supremo Poder Conservador que encabezaba el presidente Santa Anna. El ejecutivo tenía un demostrado derecho de veto de leyes. La elección de los representantes populares era indirecta, dividiendo la población en secciones de 500 habitantes, mismos que elegían un elector primario que nombraba los electores secundarios, los cuales formaban el Colegio Electoral que a su vez elegía a los diputados al Congreso (continuará). Comentarios al correo electrónico temporal_franxama@hotmail.com